- ~~ ESPOSIUION 'lD ~~ ~U Q.UE EL DE LA NUEVA 'GRANADA, DlRIJE AL SOBRE LOS NEGOCIOS ADSCRITOS AS U DESP ACHO • ., . ~ CARRERA DEL PER6, NlÍ!ll . 26. bANCO DE LA R~UBUCA Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. " Dos son los únicos med ios conocidos para establecer •.C ( el equi librio entre el activo i el pasivo de las cajas nacio - ... nales: suprimir o dismin uir gastos, i aumentar las entra- " das, sea po r nuevas contribuciones, sea por el mayor " producto oe las establecidas. Yo me decido por una I ,. prudente adopcion de los dos arbitrios indi~ados, tornando " de cada uno de ellos, i de cada una de sus modificaciones, .. lo couven iente ................................................... . " Bajo e l punto de vista de los aumentos en los in gre . " sos del T eso ro, áutes que pensar en nuevas contribucio- .. nes, arbitrio de que acaso !la se podrá prescindir, convie- " ne sin duda, hacer mas productivas las actuales. Soi " partidario, como el que mas, del impuesto directo pro- "porcional, como el único . enteramellt~ conforme con la .. justicia; i en tal sentido, yo na os propondré una nueva " conlribucion que no sea de aquel jénero ; " pu en ro n i nm oi o p oa rc \ at \ amiento a los consejos de la Filosofía, os " induci ré jamas a comprometer la existencia de la R e- " pública , esponiendu la de su Gobierno; ni tra faré de que "se abandonen recursos positivos, aunque defectuosos, " por otros mas acordes con los pr,incípi'os de la ciencia, " pero en la actualidad de resultado continjente. Que la " esperiencia que se está haciendo por las Cámaras de "provincia vaya acreditando el buen resultado de las " sanas doctrintls econóqlÍcas '; que la perfeccion de la " lejislacion comun civil i penal vaya facilitando la accion <ó de las autorid?des en lo que es de su competencia; que " la difusion de las luces, .tan adversas como son a los " monopoli os , vaya acostnmbrando la opinion al g ravámen " directo i a la exaccion inmedia ta i forzosa; qne el cons- "tante ejemplo de la seguridad individual vaya des tru- "yendo las preocupaciones antiguas que inducian a la " ocultacion de los capita les ; que la práctica de la tole- " ranc ia política vaya condenando todos los procedimientos " de los ciudadanos que pnedan teñirse Can los colores de " partido i que sacrifican frecuentemente la justicia; que " todas estas ci rcunstancias, por fortuna de advenimiento " no mui remoto, empiecen a reunirse en nuestro país, i " yo, como to .:os los que profesan los princi pios liberales "de la democrácia modern a, no vacilaré en proponeros " que libreis la suerte de la Repúbl ica esclnsivamente a l " impuesto único directo. Entretanto, el deber me acon- " s_ja trabajar por el incremento de los recnrsos ac tuales " de l T esoro, i por la aprox i macion de esa época feliz en " qllfl puedan realizame las teorías mas filantrópicas de la " Economía pol ítica." (Mensaje del Presidente de la R epública al Cong1'eso, de 16 de abTil de 1853. ) UIUDADANOS LEJISLADORES. LARE PÚBLICA va pasando ya la época de crÍsis a que la sometie ron las magnas refo rmas políticas que t u ,~iero'n su compleme nto en ,1853, i el término se anunci a pr6spero i tranquílo. Dada i planteada la Constitucion del 21 de mayo, i dictadas en conformidad algunas de las leyes con se- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 4 Esposicion del cuenciales, es fácil despues dar la solucion a todos los problemas pendien- tes. Por la dichosa fecundidad de los buenos princípios, adoptados ellos una vez, por sí mismos conducen al fin apetecido. En la presente situacio'n parece que las mas graves necesidades de la Nueva Granada son relativas a tres puntos capitales: a la espedicion de las leyes que exije la Constitucion para su completo desarrollo, i a la perfeccion de las ya espedidas ; a la confe ccion de los códigos sustantivos i adjetivos que deben arreglar la lej islacion civil, penal i procedimental del país; i al arreglo radical i definitivo de la Haciend a del Estado. Como este último punto, que es el cometido a la Secretaría cuyo despacho se ha servido encargarme el Cuidadano Presidente de la República, está íntimamente ligado con todos los ramos de la Administraeion nacional , vosotros me permitiréis que en la discusion de las varias materias que él abraza, toque yo aquellas que, aún siendo es trapas de una manera directa al objeto inmediato de esta esposicion, deben ser arregladas préviamente en un sentido determinado, par:;t que guarden entre sí una armonía com- pleta, i produzcan en la parte fi scal los efectos que se desean. Comprenderá principalmente esta Memoria varios datos importantes acerca de la Hacienda pública, i algunas reflexiones que de ellos se des- prenden; i os propondrá ademas : 1.0 Indicaciones para fijar simplificar i caracterizar la situacion, i para administrar mas fácilmente la Hacienda en lo futuro. 2.° Indicaciones para establecer el equilibrio entre el activo i el pa- sivo del Tesoro. Las instituccianes políticas de un pais hacen evidentes sus ventajas o sus inconvenientes, por la exhibieion de su sistema fi scal. Si el nuestro es aún defectuoso, como vosotros lo reconoceréis, es porque todavía no se han llevado a él los luminosos principies que hemos adoptado en lo político, i que han de producir en ese, como en todos los ramos de la ad- minietracion pública, los mas felices resultados. Es llegado ya el tiempo de ocuparnos de las consecuencias una vez puestos los antecedentes. No quiere decir esto que las instituciones polí- ticas sean por sí mismas cosa de poca significacion, como neciamente lo aseguran el egoismo i la ignorancia. Por el contrario, las bnenas insti- tuciones políticas traen consigo, como una consecuencia forzosa, la eco- nomía en los gastos, la observancia de los sanos principios administrati- vos, i la solidez del crédito del Estado, crédito proveniente entónces, no Bolo de la riqueza, ventaja que pueden disfrutar paises mal gobernados pero solventes, sin6 tambien de la probidad que trae aparejada la Cons- titucion, i que se hace indispensable en los gobernantes i en el sistema. Haciendo efectivas i patentes estas consecuencias, es únicamente que justificarémos ante el mundo el atrevimiento de nuestras osadas reformas, i la justa confianza con que nos hemos arrojado en brazos de la Filosofía. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SeCl'etal'io de Hacienda. Vamos llegando ya al Gobierno sencillo i barato, al Gobierno apa- rentemente débil porque ace mUl pocas cosas:p;;o verdaderamente fuerte, porque impide t0dos los males que tengan su oríjen en las institu- ciones, porque previene de antemano las colisiones que enjendran los in- tereses antisociales, porque solo confia a los hombres el poder que racio- nalmente pueden emplear bien, porque no exije de ell os capacidades es- traordimarias en que el progreso deba su marcha a los individuos i no a las ideas que caminan solas, i en que el apoyo de la opinion nunca falta, porque el Gobierno mismo es la espresion propia de esa opinion. A estas reglas de buena administracion política debemos ajustar tambien el siste- ma financiero de la Nueva Granada, despej ando cOl'll pletamente la situa- cion; dando disposiciones eficaces para cortar todo lo vicioso de tiempo anterior, ya pagando o arreg:lando el pasivo, ya recaudando o haciendo producir el activo; fij ando para la marcha futura los menores gastos po- sibles; ensanchando los recursos fiscales sol amente hasta donde la justicia o el honor nacional lo exijan, pero no retrocediendo delante de sacrificios que sean necesarios; consolidando el crédito interior i esterior; i organi- zando la Hacienda sobre bases sencillas i claras, conformes a los principios de la sana razono Esta es lo tarea principal del Congreso de 1854, tarea impuesta no solamente por el sentimiento de la conveniencia jeneral, sinó tambien por la necesidad mas imperiosa. El estado actual de cosas, ade- mas de insoportable, es absolutamente insostenible. No se lisonjea el Gobierno de c¡ue las indicaciones que habrá de so- meter a la Lejis!atura Nacional serát'l totalmente aceptadas" ni que sean las únicas capaces de resolver todas las dificultades; pero sí le es satisfac- torio contribuir con todos sus esfuerzos a las salud abl es intenciones i sa- tias miras que sin duda abrigan los R epresentantes del Pueblo; i puede añadir, que tiene la conciencia de que, si sus proyectos son acojidos, i la paz continúa reinando, esas intenciones i esas miras serán pronto una realidad. En cuanto a mí, que tengo el honor de ser el 6rgano por el cual la Administracion os presenta sus ideas en los negocios de Hacienda, permitid me que, acatando justamente ~uestras luces, i debiendo creer in- necesario el empleo de mis pequeños recursos intelectuales, me limite a una esposicion mui sucinta, i a indicaciones sencillas, cuya demostracion penetrais sin duda vosotros, sin necesidad de otra esplicacion alguna. Ilccml B PRU\11111A. DATOS. I ©©iNJ lF ~~~!b ~[Q)#\[Q)a Adjunta a esta esp0sicion encontraréis, de conformidad con lo dis- puesto en la Constitucion del Estado, la cuenta jeneral del Presupuesto i Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 6 Esposicion del del Tesoro en el aiio próximo anterior. Es te importante precepto constitucional, que p0\" primera vez se ha llenado con prontitud en nuestro pais, porque nunca se habia presentado una cuenta formada regularmente, i que fuese relativa al último año ecO- n6m ico, €xije para ser cumplido provechosamente, i para que no se in- frinj an las reglas de la buena contabi lid ad, que se adopten otras med id as en la organizaci'on i en la administracion de la Ha ·ienda. U na de ellas es la de que el año económico empie0e i termine en dias precedentes a la reu- níOll del Congreso con tal distanci :l , que al mismo ti empo que no se refiera a época mui lej ana , hnya lugar para que continúe la vijencia de l último Presu pues to por un espacio su ficiente para exij ir i obtener la li quidac ion i el reconoc imiento r.!e los servicos he ::hos durante el año mismo de que se trata; i que haya tiempo tambitln para que, espirada esa vijencia, la c uenta que se presente pued:;¡, centr aliz.arse i rendirse. Así dicha cue.nta no será provisional, como lo es forzosamente la que ahora se os presenta, porque e l pi'esupuesto de 1852 a 1583 cot inúa en -vigor, para el obje to in- dicado, hasta el3 1 de agosto del presente aÍ10 civil de 1854. Establecida la reforma que os indico, la cuenta será difinitiva, no pudiendo ya ser mo- dificados los Presupuestos activo i pasivo, sin6 por actos especiales del Congreso, o mas b ien, i mej or todavía , no siéndolo absolutamente en nin- gun caso, pues todo créd ito o c ontra-crédito adicional habría de tener su efecto en años futuros solamente. De esta manera tampoco necesitará el Presupuesto de sufrir dos li qu idaciones. 1 en verdad que si reflexi on amos que el Congreso debe reunirse el 1.0 de febrero de cada año; que la admin i ~ tracion de l Gobierno . jentlral ti ende a una simplificacion en mui alto grado; que las mu taciones en el person al del Poder Ejec u tivo deben tener lugar elLo de abril de cada cuatro años; i que el estai.J lec imien to del equilibrio entre el ac tivo i el nasivo del T esoro, debe ace lerar las operaciones fi nalJcieras, í quitar a los acreedores todo motivo para direrir la c obranza de sus créditos; si re- fl exionamos tojo es to, digo, me parece que el Congreso encontrar á suma- mente natural i en gran manera conveniente dispone r; 1.0 que el año econ mico empiece ti 1.0 de marzo i concluya el 28 o 29 de febrero si- guiente; 2.° que la vijencia de los Presufluestos, par a el solo objeto de liquidar, reconocer i mandar pagar servicios hechos, o derechos adquiri- dos durante el año económico, continúe hasta 31 de julio posterior;' i 3.° que la cuent~ se presente definitivamente formada al Congreso siguiente. Así podrán conci li arse el precepto de la Cctns t ituci on i la lei orgá nica de la Hacienda naciona l, i quedará consultada la mejor conveniencia de la N ac ion, viniendo a obtenerse datos mas precisos, i relativos a una época reciente. En la cuenta que ahora os presento, notaréis que es tán comprendi- das solamente las operac iones ejecutadas en la Tesorería J eneral de la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SeCl'ctal'io de Hacicnda. 7 República; en las dos casas de moneda de Bogotá i Popayan; en las once Aduanas marítim as i terrestres; en las cuatro admi nistraci oncs de Salinas de Cipaquirá, Nemocon i T ausa, Chita, Recetor Pajarito, Chámeza i Mu- neque; i en veinte i ocho de las treinta i seis Administracion es principales de correo~ correspondientes a ig ual número de provincias. Harto penoso, pero necesario es deciros que, no obstante los esfuerzos incesantes del Gobierno, no se han podido obtener las cuentas de ocho Administraciones principales de correos. Es posible que estos datos se consiga n durante la sesion actual del Cong re:>o, i que reunidos a los indicados, dén un re- sultado co mpl eto. El tiempo que ha mediado entre la sesion de 1853 i la del presente año, ademas de haber sido mas c'orto que en ningnna otra época, por la prolongacion de di c ~a primera sesion, i la anticipacion de la segunda, ha sido tambien poco aparente para arreglos que por su naturaleza exijen detenimiento, i cierta fij eza en el pel sonal ocupado en el servicio. La cesacion de los empleados i su reemplazo por otros; el llamamiento hecho a los destinos municipales respecto de varios indiviJuos de los mas apa- rentes para los puestos del servicio nacional; la situacion precaria i la mutacion frecuente de los Gobernadores hasta la posesion.de los nom- brados conforme a la Constitucion, al mismo tiempo que son ellos los ajen- tes del Poder Ejecutivo i los encargados de la inspeccion i supervijilancia de la Hacienda; tQdo esto, apesar del incesante esmero de la Secretaría del ramo, ha influido poderosamente en que la accian administrativa no haya podido salir completamente del estado de relajacion i de indolencia a que Rabia ido llegando sucesivamente, i a cuyo remedio procuró consa- grar los esfuerzos de sus últimos tiempos la precedente Administracion. Por primera vez se ha obtenido ahora el balance anu::d de la Teso- rería J eneral de la República, a los cuatro meses de la terminacion del año econ6mico; i me prometo que, desde marzo pr6ximo en adelante, se podrá conseguir en cada mes la publioacion del que corresponda al precedente. En cuanto a las oficinas atras adas, entre las cual es una de las mas nota.bles es la Administracíon principal de correos de Cartil jena, no parece aventurado ofrecer que, por las medidas dictadas por el Go- bierno, i por la vijilancia que sobre ellas se ejerce, á ntes de terminar el preseIlte año econ6mico se pondrán al corriente .con el dia en su despa- cho i en la presentacion de sus cuentas. En otro lugar, cuando os hable de presupuestos para el año pr6ximo, habrá ocasion de hacer algunas reflexione sobre los resultados que arro- ja la cuenta de 1852 a 1853. Está formada tambien la cuenta definitiva del año económico de 1848 a 1849, que es el año siguiente a los que haa sido arreglad os totalmente hasta ahora. Para traer las cosas hasta ponerse al corriente, faltan ola- mente cuatro cuentas jenerales, que terminan respectivamete en los años de 50, 51, 52 i 53. Los trabajos relativos a ellas están bastante aval1zado~, Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Esposici811 del i despues de terminada una, es fácil a los cuatro meses posteriores tener formada la siguiente. Así, despues del presente año, es seguro que aún sin medidas estraordidarias, si en el de 1855 no estuvieren presentadas todas las cuentas de vijencias econ6micas espiradas hasta cnt6nces, sí lo esta- rán para 1856, en el supuesto de que la Contabilídad Jeneral continúe trabajando con la asiduidad i coastancia que hasta ahora ha empleado. Pero si el Congreso quiere, como es natural presumirlo, autorizar el gasto de tres a cuatro mil pesos con el esclusivo objeto, i por una sola vez, de acelerar aquel resultado, de manera que pueda verse realizado para 185&, eutónces ya podrá contar con que para dícho año de 1855, tendrá: cuen- tas exactas i completas del Tesoro de la República, desde 1.0 de setiem- bre de 1845 hasta el dia, sin interrupcion ni omision alguna; i por una sola lei jeneral de cuentas dará fin a todas las cuestiones de contabilidad que debe resolver, porque todos los resultados definitivos de los años an- teriores estarán refundidos ea la cuenta final, a virtud de los balances de entrada i de salida de cada añor incorporados sucesivamente. Los Ciudadanos Lejisladores que poseen conocimientos prácticos en esta materia, i los que se tomen la molestia de informarse personalmente i de inspeccionar con detenimiento los trabajos ejecutados i los pendien- tes, son los que pueden apreciar justamente las dificultades vencidas, i las que aún resta superar, para que venga a colocarse el país en la situa- cion que se desea a este respecto, i de que estamos próximos ya por for- tuna. Trabiíjase en este ramo importante con acierto i con constancia" desde la espediciof.l de la primera lei científica de 1847, calcada sobre los luminosos principios que con indecible consagracion empezó a practicar el gobiemo consular de FI:ancia, i desenvolvi6 i completó luego el impe- rial, empleando en perfeccionú el sistema mas de diez años. Debemos' aplaudir la persistenca con que tres adnlÍnistraciones sucesivas han tra- bajado sin variar de sistema en tan importante negoci-o. No desmayem0s, pues, en esta ví~, como en ninguna de las que hayamos emprendido con le conciencia del acierto. Paso. ahora a hablaros en particular de varios de los ramos de la Ha- cienda pública que mas reclaman' vuestras miradas. El incremento rápido que han tomado entre nosotros algunos ramos de industria, ha traido por consecuencia el de todos los otros, en grado mas o menos aproximado. De allí ha resultado que el pais haya producido mas en todo sentido, i que se haya puesto en aptitud de consumir una ma- yor cantidad de efectos estranjeros, 1 esta causa ha obrado taR eficazmente en los últimos años, que sin su concurrencia evidente, los mas incontrovertibles axiomas de la Eco- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SCCl'etal"io de Hacienda. ' 9 nomía Política habrian quedado falseaaos. Porque nunca habían produ- ducido los derechos de importacion suma de tan alta cuantía, i, sin em- bargo, jamas habian sido tan subidos los derechos, ni tan opresivas i embarazosas para el ' comercio las leyes que arreglaban la importacion, como en el de 1852 a 1853; año en c¡ue pesaron de consuno sobre este tráfico, la lei de 4 de junio de 1851 sobre aduanas internas i Tej istro to ~al i minuc:ioso de las mercaderias, i la de 31 de mayo de 1852 sobre recargo de un 25 por ciento adicional. Pero la caUda benéfica, mas potente que las de influjo adverso, no solamente superó esos obstáculos, sinó que dió un resultado final mas favorable que en los tiempos precedentes. La renta de Aduanas ha producido en el año de 1852 a 1853, el toltal ingreso I'lomi nal de $ 1.081,034, mayor en $ 331,920 que el de 1851 a 1852, que solo dió un rendim iento de $ 749,114. Es posi ble que el año económico en curso, no ~bstante que la leí reglamentaria de la importa- cion es mas liberal para el comercio, así en el procedim iento como en la cuota de los derechos, que la quedej6 de rej ir en noviembre último, no pre- sente un aumento con relacion al año econ6mico termin ado en agoóto de 1853; pero esto no debe desconsolarnos en cuanto a la marcha progresiva de las aduanas. Tal suspc:msiofl en el incremento progresivo, si por des- gracia tuviere luga r en dicho año corriente, debe imputarse a causas pu- ramente transitorias, como el esceso de importacion que hubo a fines de 1852·i principios de 1853, que abasteció el mercado para un tiempo con- siderable, i que provino"en parte de la paralizacion que habian producido las revueltas de 1851. Mas, es necesa"io insistir en ello, las causas benéfi- cas provenientes del 'aumento de produccion son permanentes, i su influjo provechoso se hará sentir cada dia mas i mas. Así, ya se ve, por ejemplo, que las provincias del interior que acos- tumbraban fabricar gran cantidad de telas ordinarias i aun groseras, para el uso de lajente trabajadora i para los pobres de toda clase i sexo, van abandonando ese tra ajo para reemplazarlo por otros-mas producti vos, los cuales han daelo a esos brazos. i a esos capitales inversion mas lucrati- va; i los habitantes que consumian esas t elas tan imper ectas, senan ¡;lUesto en capacidad de usar otr::lS mejores que se recib 'n del estranjero, i que un trabajo mas "fortunado pone a su alcance con facilidad. Juzga el Gobierno c¡ue por ahora la renta de aduanas solamente ne- cesita dos reformas de oríjen lejislativo. La primera es la de dotar los 'emplead/)s en este ramo, de una manera mas apropiada a su importancia i a la respeta bilidad de que debe rodeárseles, al jénero de trauajo que les e ' tá atribuido, a la responsabilidad que pesa sobre ellus, a lo rigoroso de algunos de los climas i a lo deletéreo de otro~, en c¡ue se hallan ubicadas las oficinas, i a la confi lnza inmensa que se deposita en su moralidad. Para esto, ademas de asignar dotaciones fi jas suficientes, conviene auto- rizar el pago de una comision eventual, que d~be hacerse eft!ctiva~ola- 2 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 10 Esposicion del mente sobre los aumentos que vayan teniendo los ingresos respecto de Tos de tiempo anterior. La segunda reforma, i acaso la mas importante, es la de autorizar al Poder Ejecutivo para decretar rebajas jenerales en la tarifa, segun que lo vayan permitiendo las circunstancias, e indicándolo el movimiento del comercio. Estas rebaj as hechas sucesiva:nente, hasta que se venga a parar en un gravámen mas soportable, llegarán a fijar por un tiempo indefinido el punto, tan dificil de hall ar, en C]ue los derechos dén el mayor posible rendimiento; punto que tambien consulta siR duda la libertad del comer- cio, hasta donde es compatible con la existencia de e;:;te arbitrio fiscal. Aunque sea urja verdad econ6mica jener~lmente reconocida, que la di- minucion del gravámen aumenta la materia imponible,i que con el aumen- to de esta viene por resultado necesario el mayor producto de la contribu· cion, tambien es igualmente cierto que la proporcion en que se verifican estas operaciones no está averiguada, i que si se sigue aquel princi pio sin atender a la concurrencia de otros que lo modifican, se compromete la renta a que se le aplica inconsultamente. Atiéndase que si se quiere, por ejemplo, obtener la misma renta rebajando los derechos a la mitad, es necesario que los efectos importados alcancen al duplo de lo que son ac- tualmente; i que si se trata de conseguir una renta doble, en la misma hipótesis, es indispensable que la importacion sea cuatro veces igual a la de ahora. Como los consumos, que son los que principalmente establecen la demanda, no crecen con la rapidez con que una medida administrativa puede surtir sus efecto;;, hai ocasiones en que una rebaja el'\ la rata del impuesto. que sea como una décima parte, produce un aumento en la de- manda de un quinto, un cuarto o un tercio; i tambi en se ve no pocas ve- ces, que una redtlccion de la mitad no duplica, sinó que apénas aumenta en una cuota me:1or el consumo. No hai economista que haya enseña- do el modo de ~btener resultados fijos por la aplicacion de una regla de suyo versátil, sujeta al imperio de mil C'lUsas diversas, muchas de las cua- les no obran ostensiblemente . sin6 al cabo de mucho tiempo. Es por ta- les consideracipnes que el Gobierno juzga conveniente que ' le invistais de la facultad de decretar rebajas jeHerales, a;;Í como ya está investido por la lei de 27 de mayo de 1853, para disponerlas respecto de artículos de- terminados. Pártese del supuesto de ~u~ esas rebajas jenerales no debe- rán tener efecto sinó despues de algun tiem?o, en que se hayan hecho co- nocer con la debida anticipacion del público mercantil. Aunque se haya hablado i escrito mucho en el sentido de suprimir las Aduanas, el Gobierno ha creído tal proyec to inadmisible despues de las nuevas instituciones que se ha dado al país, des pues de la modifica- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Seeretál'io de Hacienda. 11. clon tan sustancial que ha recibido la Admini stracion pública, despues que se perdiéro:1 a aún se preci pita ron las ocasiones pro picias, i despues que el aumento de cargas impues to al Tesoro dificulta rtl as el cubrir con un pequeño ingreso de oríjen directo, el tambien pequeño egreso que debe caracterizar a un Gobierno republi cano. Que el sis tema de contri- buciones debe guardar armonía con el r éjimen político, parece que es una proposicion evidente. 1 que el país ha dado inmensos pasos hácia lo esencial de la federacion; que la acc ion d d Gobierno jeneral se ha debilitado j ha debido debilitar , e en las localidades; i que la recaudacion de un inipuesto directO, que fuese el único recurso del E stado, exije un tren numeroso i estenso de empleados en todas las localidades, i presu- pone una accion central vigorosa ; son hechos t ambien incontrovertibles. No seria, pues, mui análogo al sistema político actual, un sistema tri- butario basado sobre el impuesto directo como único recurso fiscal; así como una provincia, por ejemplo, no pod rá encontrar tampoco, por el imperio irresist ib le de varias c ausas económi cas no neutralizadas por otras que obren en sentido contrario, u n arbitrio mas eficaz, mas sencillo, ni mas justo que el de ese mismo impuesto directo. Cuando llegue a verse la R epública l ibre de las deudas esterior e interior, que absorven la mayor parte de sus medios pecunariores; i cuando mejor administradas las pro vincias i mas difundidas las luces, no se crea encontrar el bienestar de las localidades en la sustraccion de los auxilios debidos al Gob!erno jeneral, ent6nces sí podrá, sin peligro del árden público nacional, hacerse consistir en un impuesto directo perci- b:do por medio i por cuenta del Gobierno jeneral mismo, el principal i aún el único recurso del Tesoro. Entretanto, lo mas que puedG hacerse es ensayar, por medio de subsidios, o de arreglos parci ales con las pro- vincias para reemplazar algunas contribuciones, la parte que al presente es exequible de la doct rina indicada; doctrina que por fortuna, está ya bastante difund ida entre la jente pensadora, i que va haci endo pronun- ciar la opinion en favor del impuesto directo proporcional. A este último fin tiende la idea que os someto de q1le exijais de las provincias o localidades est'ntas de pagar derechos de importacion, un subsidio equivalente a la esencion de que disfrutan, la cual está abier- tamente en pugna con la igualdad establecida" en la Constitucion, i hasta con el simple buen sentido i la equidad natural. Si la renta de Aduanas es incompatible en algunas loc,alidades, como en el Istmo ae Panamá, por ejemplo, con las miras políticas i mercantiles que allí deben ser consultadas de preferencia, todo lo que de a hí se infiere es que en ese territorio no debe haber Aduanas; pero no que esos granadinos deban que.dar exonerados de contribt.:ir para las cargas j enerales del Estado en la proporcion que lo hacen los cI¿lmas miembres de la sociedad. 1 como el Gobierno desea consultar la igualdad, no solamente en lo oneroso, si Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 12 Esposicion del no ta 1 mbien i principalmente, en los bienes que las instituciones procuran, por el mismo principio que.. se opone a la esencion injusta de derechos de importacion a determinadas localidades. opónese igualmente" 111 gravá- /' men particular impuesto a la provincia de Panamá, de pagar de sus rentas municipales el sobre-sueldo de los militares que presten allí sus servicios. Hemos entrado en un réjimen q I ue no consiente la desigualdad bajo ningun punto de vista, i que compele al lejislador a observar la justicia. { I Para la exaccion de ese subsidio que reemplaza la contribucion de i Aduanas en ciertos bgares, debe procederse del j mismo modo que para el que reemplace en los mismos o en otros la contribucion de Salinas. Si la situacion favorable a que está llamado el país, i u la cual habrá de llegar forzosamente si reinan la paz i la liln rtad, so pena de que mintiesen todos los axiomas de la Filosofía, hubiese cle p~mitir, co- m') SIO duda habrá de permitir, la supresion de algunas c ontribuciones, parece que la de Aduanas es la última que debería abolirse. Porque es esta la que reune en menor grado los defectos de las contribuciones indirectas; porque es la mas pingüe ent're todas ellas; por los propios productos; de manera que el T esoro pueda ga- nar alguna vez, si es@s productos ll egan a ser cuantiosos, p.2 ro nunca per- der, porque ellos jamas serán escedipos. H abría, tambien, otra con sid eracion sufi ciente para j ustifi car la me- dida, i que es bastante poderosa aún para qu e el Congreso aut0rizase al- guna pé rdida, si flJese necesaria. L a R epúbli ca está obligada a amortizar toda la moneda inferior en peso o en lei a lo que se le ha hecho representar, porque esa moneda se ha emitido bajo su fé i con su garantía , i las leyes le imponen este deber sagrado. Así es que apesar de la palpable i enorme diferencia q L:e hai entre esas malas monedas, i las qu~ tienen la lei de 0,900, circulan sin ninguno, o coro mui pequeño descue nto respecto de estas. Todo el mundo sabe que si el Gobierno, des pues de recibirlas, vuel- ve a pemerlas en circulacion, es porque no puede amortizarlas simultá- neamente; pero sabe tambien que se continúa la operacion, sin descanso, aunque con alg una lentitud., 1 nada mas puede hacerse por ahora en esta materia que lo que se está haciendo: prohibir, como está proh ibida, la importacion de la plata de baja lei o deficiente peso, que se confunda con la que debe ser amor- tizada ; i continuar reacuñando, todos 10$ meses, como ahora se ejecuta, una snma de mala moneda para reemplazarla por buena. Un procedi. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Secretario de Hacienda. 21 miento mas breve, si bien es preferible, supera las posibilidades del Tesoro. Mfls es tiempo ya de eJecutar una reforma sustancial en la moneda del país. Hasta ahora n uestras leyes han establecido diferentes unid ades monetarias, pero las han fijado siempre de plata, i no de oro, contra lo que indica la razon natural; cuando el primer metal tiene en grado menor que el segundo las condiciones aparentes para servir de moneda, i cuando el primero es escaso i el segundo abundante en nuestro territorio. Estable- cer, pues, la unidad monetaria de oro, i de este metal sus multíplices i submultíplices;es lo que debiera disponer la Lejislatura nacional, porque es ? lo mas cOl'lforrrie con los principios que rijen efol materia de comercio i circulacion, i porque es tambien lo mas adecuado a nuestras circuns- /' tancias locales. 1 corno la unidad monetaria debe ser siempre única en materia, peso i lei, !as piezas de plata deberán dejar de ser moneda, i apénas serán medio subsidiario, obligatorio únicamente en las pequeñas transacciones, es decir, en aquellas cuyo valor no alcance a cubrir una unidad de la moneda de oro. La plata quedará entónces sujeta, ~omo hoi lo está el oro, a las oscilaciones del comercio; pero la celeridad de las or eraciones ganará infinito, el intermed io de los cambios, sobre ser mas portátil, estará ménos espuesto a faltar en la circulacion; la economía de gastos en los trasportes o traslaciones será evidente; i serán mas difíciles las falsifica- ciones. Ojalá que vosotros · dicteis leyes en este sentido, pues con ellas haréis, sin duda alguna, inmensos beneficios a\ comercio i a la industria. ~:mJfl[ Aunque la renta de papel sellado sea inconforme con los principos adoptados en la Nueva Granada para su gobierno i su administracion, circunstancia que concurre en mayor O menor grado respecto de todas las contribuciones indirec tas, es, sin embargo, una de aquellas que se recaudan con mas facilidad i a menor costo, que tienen una contabilidad sencilla i fácil, i que se presta a tal sistema de uniformidad en la cuota i en la forma del gravámen en tod a la República, que escluye toda tacha de desigualdad con relacion a las localidades en que se causa i se percibe. Cien mil pesos, suma que produce anualmente esta renta por término me- dio, son, por otra parte, una cifra mui significativa en nuestro pobre 're- soro, para que fuese posible prescindir de su exaccion. No es mui perfecta la lejislacion en esta materia; pero como hai cuestione., inmensamente mas gra\'es que las relacionadas con ella, juzgo que a estas últimas debeis diriji\' preferentemente vuestra atencion. ~:m::JII[::m: ©u~©~ ~~!RIil©®- [Q)~ O:NI~~~~© · Ademas de las seis principales rentas de que he hablado, hai otros Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Esposicion del varios ramos de ingreso de corta i mui continjente importancia. Los de Sdlo i derecho de títulos, Caminos, e Internaciones de sales, producen mui pequeñas sumas, i aumentan. sin gran resultado, la ostentosa no- menclatura de nuestras rentas. En otra parte os manifestaré lo que piensa respecto de ellos la Administracion. Tambien, cuando hable del Crédito nacional, os espresaré sus"ideas respecto de la R edencion de cen- .sos, i la Venta de vales de nueva deuda fl otante, que son otros arbitrios adoptados, i que figuran impropiamente entre las rentas. Os presento, Ciudadanos Lejisladores, la cuenta jeneral del Departa- mento de Deuda Nacional, correspondiente al año terminado en 31 dc agosto de 1853. No hai necesidad alguna de manifestaros cuán conveniente, i aún necesario, es establecer el crédito de la República sobre las bases sólidas im que debe conservarse, porque ademas de que vosotros amais el honor de vuestra Patria, palpais tambien los males que enjendra una sltuacion tan funestamente complicada como la presente; situacion que, como os he dicho en otro lugar, sobre ser insoportable, no puede, ni debe, durar mas largo tiempo. No satisfechos los dividendos Je la deuda esterior, bas- tante desatendida i postergada la interior, i desnivelado el movimiento diarie de la caja nacional, seguimos actualmente un camino que en lugar de alejarnos del abismo de la impotencia i del descrédito, nos presclpitará en él sin duda alguna, si no retrocedemos, i sino tomamos otra vía que nos lleve a término distinto i seguro. Miéntras subsista la falta de equilibrio actual de rentas i gastos, la confianza, en vez de establecerse, se debili- tará mas cada dia, porque cada dia traerá a uno de 103 lados de la balanza un continjente que no se pone en el otro. Desde que la presente Administracion se inaugur6, ha dirijido sus miradas preferentes hácia el negociado importante del cr"édito público, que interesa no solamente a la reputacion de la Nueva Granada, sin6 que es tambien un medio poderoso de Gobierno, i un recurso seguro para toda necesidad urjente; i llamó en consecuencia la atencion del Congreso a esta materia por premiosos mensajes especiales. Un gran paso di6 la Lejislatura de 1853 autorizando al Poder Ejecutivo para entrar en nuevos arreglos con los acreedores estraujeros, facultándole para llevarlos a efecto sin necesidad de nueva intervencion del Congreso, i facilitándole el modo de entenderse con aquellos por medio de un Ajente Fiscal [wm- brado espresamente para tal objeto. 1 aunque todavía no haya surtido to- dos los efectos apetecibles la benéfica lei de 14 de junio último, que di6 al Gobierno tan saludables i necesarias facul lades, ella vendrá a ser siem- pre la que haya redimido la República de las presentes calamidades, pl'in- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Secretal'io de Hacienda. cIpalmente sí, por las nuevas disposiciones que acuerde el Congreso de este año, queda complemllntada segun las indicaciones que os hará el Gobierno para llenar los fines propuestos. La antigua deuda esterior colombiana fué arreglada, por ¡lo relativo i "- a la Nueva Granada, por un convenio firmado en enero de 1845, en que la N acion se obligó a reconocer el cincuenta por ciento de los emprés- titos de 1822 i 1824, i a emitir bonos que ganasen desde junio del mismo- año de 1845, el inleres de uno por ciento, con calidad de aumentar ese interes en un cuarto por ciento anual despues de los cuatro primeros años, hasta llegar al seis por ciento, máximo estipulado sobre el capital primi- tivo. En cuanto a los intereses vencidos hasta 1845, que tambien fueron reconocidos en la mitad del monto colombiano, estipulóse que se capita- lizarían como deuda diferida e inactiva por diez i seis años, pasados los cuales empezarían a ganar el uno por cianto, i seguidamente un octavo por ciento adicional cada año, hasta llegar al tres por ciento, máximo de de interes fijado respecto de este otro capital. No fué imposible, aunque nunca haya sido fácil, cumplir las es~ipulaciones de este convenio, miénlras que los pagos semestrales que él exije fueran de sumas al alcance del Gobieno Granadino; pero desde que por el incremento gradual de los dividendos, esas 'sumas empezaron a representar cifras de gran significacion para nuestro pobre Tesoro, las dificultades se han hecho casi insuperables, i noi nos encontramos de- biendo íntegramente los dividendos posteriores al mes de diciembre de 1849, sin que todos los precedentes estén completamen,e saldados; pues aunque la lei de 15 de abril de 1850 autoriz6 la emision de ciertos bille- tes contra las aduanas para pagarlos, no todos esos biiletes han sido co- locades, permaneciendo una suma de consideracio:J. en poder de los ban- quero~, i por consiguiente, continuando en manos de los tenedores de bonos los cupones que debian ser amortizados. Mas esos billetes van sienlilo ya aceptables a los acreedores. i podemos contar con que serán cambiados por cupones: pero siempre es cierto que, comprendiendo los dividendos vencidos hasta diciembre de 1853, i en el supuesto de que con los billetes espresados se hayan pagado los dividendos anteriores a junio de 1850, estamos debiendo hoi la suma do $ 1.231,516 p,)r plazos cum- plidos. El que se vence en junio del presente año de 1854 alcanza a 205,012 pesos, i a igual suma el de diciembre inmediato. Siguiendo la cuenta de los incrementos graduales, los dividendos correspondientes al aFío de 1861, en que comienza a ganarlos tambien la diferida, alcanzarán a $ 859,312, i los del año de 1877 a 1.470,993!!! Pero es evidente que la Nueva Granada no puecle cumplir con el A rigor i puntualidad debidos un convenio de esta naturaleza. 1 aunque contemos, como debemos contar, con un progreso sucesivo en las ren- tas nacionales, este no se ha manifestado en proporcion tan acelerada, como seria necesario para llel'lar los gravámenes adicionales. Es pre- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Esposicion del ciso, pues, tomar medid as prontas i eficaces para deter,er el mal en sU curso, consultando no solamente la conveniencia pecuniaria, sinó iambien i preferentemente , el h..e. nor de h- Nacion ' el cual será altamente comnro-m..e-ti-do i ..a.-f-e.c.-t.a-d. o, s-i -n-o. se pro~e ...--.....-. . con la m E - 'J -' ->-0 1' b -uen J a fé rem.~to de los ac reedore.,s , o-brando - .. ~- manera . q --u ---e sus derech-os quden atendidos i su v~r~. -- El Gobierno hizo la designacion de la persona que ha de servir la I Ajencia fiscal de la República en Lóndres, en un honrado, intelij ente i la- borioso estranjero, lleno de ardor por la consecucion de los importantes fi- nes a que deben dirijirse sus operaciones, poseedor de las luces necesarias en estas deli cadas materias de -Hacienda i de Crédito, í amigo decidido del pais. al cual está ligado por vari os títulos sagrados. Su marcha al tea- tro de las operaciones se ha diferido, porque era necesario esplorar en Inglaterra el campo para arreglar segun eso las instrucciones de la Ajen- cia fiscal, i porque era conveniente recibir del Congreso las facultades necesarias para que no fuese frustránea la misiono El Gobierno se diriji6 con el primer objeto a los tenedores de vales, por medio de los ajentes que tienen en esta capi tal, haciéndoles las pro- posicio nes que estim6 prudentes para consultar los derechos de los acree- dores i los medios de pago de la Re pública; í se ha recibido una contes- tao ion que, si bien espresa el desagrado de que están poseídos, por las desgraciadas circunstancias en que sus créditos se han venido a colocar, i porque consid~ran las proposiciones hechas como muí inferiores al valor que dan a sus derechos, dejan, sin embargo, en~rever alguna esperanza, e indican ideas que pueden sernos provechosas. Háse replicado por parte del Gobierno, esplicando satisfactoriamente lo que ha repn gnado a los in~ teres a dos, i dejllndo la solucion final del negocio al Congreso, a quien se instruirá de lo ocurrido, i el cual no podrá dej ar pendiente un asunto que ha venido a ser ya de urjente despacho. I con rel a cio~ al segundo obj eto, el de solicitar del Congreso nuevas facultades, que son nuevos medios de pago, hé.se pensado que si la Nacion resulta ser poseedora, como todo persuade que lo es, de un bien precioso i único en el mundo, a saber, el territorio mas aparente para el estableci- miento de una comunicacion entre los mares Atlántico i Pacífico por medio de un gran canal navegable por buques de todo porte, debia aprovecharse esta oportunidad para descargarse el pais del peso agovian- _te de la deuda es~ Una ventaja de la naturaleza ya espresada, puede hacen"e valer para el u niverso entero comultando el bien jeneral, i al mismo tiempo el pal ticular de la Nueva Granada. Es preciso convencernos de que los grandes c apitales que demanda la colosal empresa de comunicar los dos mares, no vendrán a colocarse en ella sin la mas completa seguridad de la propiedad de los objetos que la constituyen, i sin el otorgamiento de las mas liberales concesiones a los empresarios. E llos no pueden tener interes en sentido adverso al interes Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Secloetal'io de Hacienda. bien entendido de la Nueva Granada, que consiste en la igualacion de todas las banderas para disfrutar libremente del paso interoceánico,i en la modicidad del prec;o de los trasportes. En cuanto a la facultad de rechazar los buques de determinada ban- dera, no hai person~ ni Gobierno que no convenga en que ellla no debe existir, pues jeneralmente se reconoce la necesidad de que el trayecto i sus inmediaciones sean rigorosamente neutrales. Esto debe estipularse así en todo caso, i no hai porqué temer que tal cond icion del contrato sea repugnada. 1 respecto del precio de l trasporte, la conveniencia de fome~­ tarlo, atrayendo todo el tráfico que pueda hacerse por otras vías. da la garantía apetecible de que dicho precio no será mas alto de lo necesario. Lo 6nico que puede i debe pactarse espresamente, cs que ese precio será uniforme, sin distincion de nacionalidades. Dando una completa i verdadera propiedad a los empresarios, i otor- gando todos los derechos que de elta se derivan, se pod rá conseguir que los capitalistas de Europa i de los Estados U nidos inviertan en esta grande obra los cuantiosos fondos que demanda, debiendo esperarse que no los detendrá la erogacion de la suma que la República exija para con- ceder i fac ilitar se ejecucion; suma que siendo pequeña en comparacion con el total monto del gasto, puede ser bastante considerable para nues- tro pobre Tesoro, i proporcionarnos los medios de estinguir la deuda este- rior. Lo que sí arredra a los especuladores estranjeros, a esos capita- listas que buscan úni camente segura, lucrativa i pe1'manente colocacion a sus fondos, es la obligacion de desprenderse del valor de la empresa, restituyendo la obra a la N ac iol! en un tiempo mas o ménos lejano, i su- jetándose por tanto, a perder sus fondos, o a obtener en ese tiempo de- terminado, no solame~te la renta que esperan, sin6 tambien el reembolzo del capital mismo. Una autorizacion, pues, que se~Gobiern o para adjudicar la empresa de comunicacion acuática interoceá.J!.ica, a la compañía qu~ ~se a la República de los medios de estinguir honrosamente su (leuda esterior, seria uno de los recursos ues tos en manos del Jente fiscal para llenar satlsfactoriamen te su encargo. Desde luego que esaa:tltorizacion debe contener las li itaciones necesarias, en el sentido ' e consultar las miras políticas i comerciales que han de teners-e en c-u~-~ . ta en tan importante mataría, no ménos que los deberes i com romisQ!l-.9~ la "'República respecto aeof ras empresas de igual naturaleza. ---Para proceder con acierto, adquiriendo pleno conocimiento de los he- chos con rel acion a la comunicacion interoceánica, no ménos que para tener datos exactos en lo posible, de las tierras baldías de la Repúbl ica en las localidades mas apetecibles, ha enviado el Gobierno la Comisioll Corográfica a la esplorac ion del istmo del Darien i a toElo el de Panamá. Sábese que los Gobiernos de las naciones mas mercantiles i poderosas del mundo, se ocupan sériamente de la misma mate ria. 4 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 26 Espollicion del No debe, pues, omitirse para conseguir el mui deseado fin de amor- tizar la deuda esterior, poner a disposicion del Poder Ejecutivo el impor- tante recurso que acaba de indicarse. Con él solo, quizá, habrá suficien- temente con qué proporcionar a la Nacion el remedio de la necesidad mas urjente que la aqueja. Pero si no fuere así desgraciadamente, el Go- bierno, persuadido como está de que es ¡"nposible llenar reliji<'Jsamente los deberes de la Nacion segun el contrato vijente. i persua iido tambien de que no puede lograrse honrosamente el reemplazo de este contrato por otro mas ventajoso, o la amt>rtIzacion de la deuda, sinó con el consenti- miento de los acreedores, no omit irá medio alguno de los que las leyes han puesto a su disposicion, para conseguirlo, si no es posible en el todo, al ménos en la mayor parte asequible. La misma lei que autoriz6 al Poder Ejecutivo para hacer operacio- nes con el objeto de estinguir o de rebajar el monto de la deuda esterior, le facultó para terminar la cuestion pendiente ent6nces con el GoLJierno Británico con rclacion al Súbdito Inglés Jaime Mac kintosh. El Go- bierno propuso verbalmente,i tambien por escrito, algunas modificaciones al convenio celebrado en diciembre de 185f, por el cual se habia transi- jido la reclamacion, modificaciones apoyadas en la equidad, por habE:r mejorado estraordinaria i notoriamente de condicion, algunus de los ob· jetos ofrecidos para el pago en el. mencionado convenio. Pero como no se accedi6 a esas modificaciones, i el Gobierno juzgó comprometida la buena reputacion de la República en el cumplimien to del contrato in- dicado de 1851, resolvió llevarlo a efecto, terminando esta enojosa cuestiono Mas ahora que se ha tratado de dar cumplimiento a aquel convenio, i que lo está recibiendo en la parte principal, se ha suscitado una duda sobre la intelijencia ae uno de sus artículos, que aparece modificando o alterando en parte al que le precede. Ha habido sobre esta materia varias notas cambiadas entre la Secretaría de Hilcienda i la Legacion Britá· nica, sin haberse terminado la /cuestion, la eu·,l ha quedado por parte del , Gobierno sometida a la decision del Congreso. Las facultades del Poder Ejecutivo están limitadas a la ejecucion del convenio de 1851, segun su • teBor literal; i la pretension de la Legacion, si bien se funda en graves consideraciones de equidad, i en deducciones tomadas del primero de [os artículos del contrato, está, en parte, refutada por la estipulacion del se- gundo. El Congreso será impuesto de todos los documentos, ¡resolverá la cuestion por un acto especial, o bien en la lei de Presu uestos. Tambien ha transijido el Gobierno con la Legacion Británica dos reclamaciones por deudas de oríjen flotante. Los documentos relativos a esa transacion serán sometidos al Congreeo cuando se le pase el convenio pijra su aprobacion, .in la cual no puede llevarse a efecto. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SCC1'ctal'io de Hacienda. El neg.)ciado de deuda interior ha continuado administrándose toda. ~ vía co¡;¡ bastante complicacion, que en gran parte e5 innecesaria e incon· ducente. El f;ongreso no ha tenido tiempo para espedir las leyes de uni. formidad i arreglo que se le han prl)puesto diferentes veces, que simplifi. carian el negociado, i contra las cuales no se ha hecho objecion alguna. Aunque la lei de 27 de mayo de 1850 trató de llenar este fin, no pudo lograr:o completamente, porque entónces, por razones transitorias que han desa parecido, se señaló un término mu: corto para la conversion de las diferentes deudas cons0lidadas en la deuda única lla.mada rentas sobre el Tesoro. Hui apetecen todos los tenedores de documentos no- converti. dos hacer la conversion que se permitió al mayor número, i no pa,rece justo, así como no es conveniente tampoco al Tesoro, imped¡r1~ por mas tiempo, pues ademas de lo que gana la administracion del negociado en simplicidad i órden, gana tambien en la reduccion de los capitales. Tenemos al presente deuda consolidada del 6, del 5, i del 3 por ciento nominales, que ganan respectivamente el interes de 2 t, 1 ¡ i 1 k por ciento; censos asimilados a la deuda interior consolidada del 5 i del 3 por ciento, que ganan el 1 ¡, i el 1 t, p@r ciento; rentas al (j i rentas , ~----- - a.!....:>, que g 'lDan el interes íntegro, pero que son el resultado de reduc- ciones heeha~ con pérdida del 75, de 66 Jo, del 50. dd 90 i hasta del 96 - ~~ ciento de los, capitales primitivos; deuda flotante del6 i del 5, i tamb:en sin interes; nueva deuda flotante con el 6 por ciento de interes; censos con el 5, el 3, el 2! i el 1 t; nuevos censos del 5 por ciento; deuda de empréstito forzoso de los años de 1840 i 1841; i fuúra de todo esto, tenemos los nuevos documentos de em r réstitos i sumi. nistros de 1851. Rai ademas billetes de Tesoreria, billetes de deuda civil, billetes de deuda mili :ar, billetes de liquidacion de intereses, billetes de Mackintosb, i billetes de manumision. Vosotros haréis las refl~cciones a que dá lugar naturalmente, este tan triste como confuso cuadre! Mas el desaliento no es el efecto que el Gobierno desea producir en el ánimo de los Lejisladores, sinó la resolucion firme de consagrar a tan graves negocios toda !a atencion, i toda la enerjía de voluntad que ellos demandan. Parece que todas las deudas consolidadas deberian reducirse a una ~ ~ ~ sola c~rentas sobre el Tesoro. Para t'sto basta abrir nuevamente e[ .t-~ J..-V. plazo que caducó para la conversion, i establecer la misma PfQPorcion J{~ ~ t 1- '" que las leyes hicieron observar cuando tuviero[.} lugar las conversiones de r~ ' que proTino la actual renta del (j por ciento. En cuanto a las deudas flotantes, que en rigor son deudas de Teso. rería, i no del Departamento de la Deuda Nacional, i que desaparecerán mas o mé"os pronto, porque su amortizac iel'l se está ejecutando sin inter- Tupcion, no es fácil ni quizá posible hacer una conversion en consolida. da, P2r el alto ¡nteres que gana el dinero entre nosotro8, que no permitirá .. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Secretario (le Hacienda. La redencion de censos que las leyes de 1851 i 1852, autorizaron al respecto de cincuenta por ciento en los que ganan el cinco, i de los dem as ~n la proporcion resultante del rédi to, si bien ha gravado al Te- soro con una erogacion perman ente que hoi ll ega a ci ncuen ta mil pesos, ha procurad o tambien el pago dp medio mi!l on de pe"os, poco mas o mé- nos, que no se habria conseguido de otro modo ménos gravoso, o que exis- tiria caso de no haber tenido efecto, en libral'lZ as a la vi st a contra la Caja nacional, que permanecerian ¿'riur, que se conserva todavia mas allá de lo indispen~able, i cons t' cuencia tambien del desnivel en la caja n ::. cional. El! hacer nombramientos, los m i1 S de ellos de ninguna significa- cion; en admitIr escusas i renuncias; en espedir, firmas, cancelar, de- volver, reunir, oescomponer &.8., billete", libranzas, cartas de pago, i toda clase de documentos de crédito; en disponer las traslaciones i radi- caciones de los fondos i de los pagos; en estudiar i resolver todas las consultas a que esto da lugar; en oir i decidir reclamaciones resultantes de tales actos; en estas i otras muchas operaciones semejantes, enjendra- das ' por la necesidad, i por los hábitos malos i complicados, arraigados desae mui atras, hábitos i hechos que desaparecerán tan pronto cómo se establezca el necesario nivel entrlJ el activo i el pasivo del Tesoro, i 5e adopte una organizaciún sencilla; en tales operaciones, digo, se consume un tiemro precioso, se aumenta la complicacion de la contabilidad, se pos- tergan indefinidamente las cuentas, i se hacen cada vez mas densos el embrollo i la confusion. No ménos, como llevo indicado, ha concurrido para tal efecto el per- sonal empleado en el servicio de la Hacienda. Por nuestra mala educa- cion colonial, perpetuada en gran parte despues de establecida la Repú- blica, solo las carreras del Foro, de la Medicina i de la Iglesia, con los escasos i aun estravagantes conocimientos que la época demandaba en esos ramos, eran cult:vadas por los granadinos; i los mas triviales i fami. liares conocimientos de las ciel¡cias matemáticas en su aplicacion a los usos de la vida ordinaria, eso~ conocimientos que en Europa i en los Es- tados Unidos son comunes a las jentes de mediana educacion de ambos sexos, fuéron abandonados casi en la jeneralidad, hasta el ,punto de que h0mbres de talentos i de luces en varias ciencias políticas, hayan Gareci- do de esos rudimentos indispensables. Así es que la contabilidad en par- tida doble, sin la cual no hai cuenta 'completa, ha sido desconocida en lo jeneral, i han faltado los hombres aparentes para casi todas las oficinas.- Por fortuna, la mayor importancia que' el comercio ha ido adquirIendo eBtre nosotros, i la aplicacion de sus procedimientos a la Hacienda nacio- nal, adoptada desde 1847 para acá, van difundiendo ahora el único siste- ma racional de cuenta i razon que practica el mundo civilizado. Cada vez S':l propagaR mas i mas esas nociones indispensables, i se observa eón satisfaccion que hasta para el réjimen municipal, en sus mas subalternas ramificaciones, va adoptándose con buen suceso. Pronto llegará el día en Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Secretado de Hacienda. 31 que lio falten en oficina: alguna las luces necesarias a este re asivos, que si la Lejislatura no dicti:1 meddas cbras i perellturi 's, la complica- cion d~be perpetuarse. Parece, pues, que la Lejislatura Nacional deberia di~poner: 1.0 Incorporar a las rentas nacionales todos los fondos i ren'as de manumision, haciendo desaparecer la caja especial del ramo. 2.° Incorporar al pasivo, es decir, _d eclarar, como lo es realmente, deuda nacional, la proveniente de la manumision de los esclavos. estaLle- ciendo un modo sencillo, igual i seguro, aunque no sea mui cuantioso, de pago. 3.° Incorporar igualmente al Tesoro el activo i el pasivo del monte- pío militar. 4.° Dar reglas precisas i de f:icil ejecucion. para la realizacion i re_ caudo de todo el activo atrasado, saldo que cuanto mas se envejezca, de peor condicion se irá haeiendo ca,ja dia. 5.° Establecer igualmente los medios de cancelar, o de regularizar por )0 ménos, el pasivo atrasado. 6.° Simplificar la administracion de la Hacienda Nacional, dismi- nuyendo el personal actual, i apropiando buenos i suficientes sueldos para i los empleos que deban conservarse. 7. a Simplificar igualmente el negociado de Cré 'iito Ptiblico, redu- ciendo las deudas consol idadas a una sola clase, definiendo bien la natu- raleza i condiciones de las flotantes, i uniformando aSI todo el sistema. 8.9 Eximir al Poder Ejecutivo, i al Secretario de Hacienda en su caso, de )a multitud de nombramientos que las leyes les IItr buyen, limi- tándose el primero al nombramiento de Jefes de oficinas principales, i de- BANCO DE LA REPUBlICA Digitalizado por la BiblioBtIec~al L uais TÁnEgeCl AAra ngo del Banco de la República, Colombia. 32 Esposicion del jando a estos el de sus subalternos, pudiendo tenerlos o no a voluntad suya, pero disponiendo lo conveniente para exijir i obtener responsabi- lidad i garan tías, i esacto despacho de los asuntos encomendados a su cuid ado. 9. 0 Reducir la existencia, la clasificacion i la nomenclatura de las rentas, el corto número de ramos principales que forman el ingreso, a saber: Aductnas.-Comprendiendo bajo esta denominacion todos los dere- chos que se cobran sohre las mercaderías estranjeras, i sobre los buques en que se hace el comercio esterior, o el subsidio que en defecto i en reemplazo de estas contribuciones, paguen algunas localidades. Impuesto sobre la Sal.-Comprendiendo como en la anterior, el producto directo i el subsidiario de la renta. Cuando se haya planteado el sistema que propOfle el Poder Ejecutivo, el arrendamientos de las salinas será producto de Bienes nacionales, como que viene de \:lna propiedad de esta clase, pues bajo el nombre de Impuesto sobre la Sal, solo debe figurar el mismo impuesto. Bienes naciúnales.-E" decir, el ingreso proveniente de la venta, arrendamiento o admin:slracion de los bienes rai ~ es o muebles de pro- piedad de la República. Co¡'reos.-EI producto bruto del precio obtenido por el trasporte hecho a espensas del Estado, de la c lllTespond encia i de las encomiendas. Papel sellado.-EI producto bruto de la venta de este objeto. Amonedacion.-~I i'mporte de la deduccion hecha a los metales in- troducidos para amonedar. Aprovechamientos.-El importe d~ todos ios intereses de demora que se exijan, de las difere ncias favorables en el cambio de monedas, de las multas estipuladas en favor del Tesoro per infraccion de contra- tes, &.a &.a 10.0 Abolir el impuesto de S ello i Derecho de títulos,que produce po- quísimo; que disminuye la renta de los empleados, ya tan exigua; que complica las cuentas infructuosamente; i que es apénas un resto del pési- mo sistema español de pequeñeces i descuentos. 11 ,-o Suprimir del número de las rentas la de Caminos, porque las vias de comunicacion de esta clase, con escepcion de las interoceánicas, J eben estar esclusivamente a cargo de las provincias, i deben ser imput:!- dos a ellas así les proventos como las cargas que son consiguientes al ne- gociado. El único aux\lio que el G ')bierno jeneral debe dar a ICls caminos, i que no es de pequeña importancia, debe reducirse a la aplicacion del trabajo de los presidiarios i forndos, que están mantenidos por la Nacion, a aquellas obras de una utilidad mas jeneralmente reconocída, i de que sea participante un mayor número de g ranadinos. 12.0 Suprimir igualmente el derecho de lnterna.cion de sales. Desde Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. SeCl'etal'io de Hacienda. 33 luego que esta indicacion tiene lugar únicamente en el caso de que se adopte el plan del Podel' Ejecutivo de uniformar el gravámen en el im- puesto sobre la sal. U na vez que se haya causado i pagado el referido impuesto, el comercio debe ser libre, i esento de t0da mortificacion. 13.0 Organizar la Oficina encargada del exámen i fenecimiento de las cuentas, de una manera mas apropiada a su objeto, separando estas funciones esencialmente contenciosas, i quizá judiciales, de las de la ceno tralizacion i formulacion de las cuentas jener$lles, operaciones enteramen- te administrativas. El Presidente de la Oficina jeneral de cuentas, c¡ue es Jefe de dos oficinas separadas, deberá reducirse a serlo de la que ha de fiscalizar las operaciones de los responsables, i su eFlCargo, sin exijir la existencia de un empleado para esto solo, puede turnar por eleccion de los Contadores de número, entre ellos mismos. 1 el encargado de formar la cuenta jeneral, por el contrario, léjos de ser un subalternG de la Ofici- na de cuentas, debe ser uno de los Directores o Jefes de seccion de la Se- cretaría de Hacienda, a la cual corresponde desde luego todo lo relativo a la cuenta i razon del Tesoro. Estas reformas pueden hacerse sin cau- sar aumento de gastos. 14.0 Destinar, por una sola vez, una suma de tres a cuatr0 mil pesos, para que una persona intelijente se consagre a formar, de manera que puedan presentar,:e al Congreso próximo, las cuenta.s de los años prece- dentes al último económico, i posteriores al de 1848 a 1849. Estas indicaciones, como todas las contenidas en la presente Esposi. cion, irán formuladas en proyectos, adjuntos a ella si el tiempo lo permite, o separados si no hubiere lugar para otra cosa. --c:~~~cc:=---- I)lC~M'B TIR(:llt&". INDICACIONES PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL EQUILIBRIO EN- TRE LAS RENTAS I LOS GASTOS DEL TESORO. Si la Nueva Granada no fuese deudora de fuertes intereses almales por las deudas consolidadas esteríor e interior, que la gravan, i por con· siderables créditos pagaderos procedentes de años anteriores, gozaria de una situacion fiscal de las mas brillantes entre las naciones civilizadas. Porque las rentas públicas en cada año son suficientes para cubrir cum- plidamente los gastos del mismo año, si se esceptúan los intereses de la deuda, i son suficientes aún en el supuesto de que los empleados del servi- cio nacional disfrutasen de una mas considerable remuneracion de su tra- bajo, como la justicia i la conveniencia acemsejan que sería conveniente disponerlo. El sistema rentístico, aunque defectuoso, no se forma ya de monopolios, de los cuales solo uno se conserva, disminuyendo este mismo cada dia, sus funestas consecuencias, por la adopcion sucesiva de medio 5 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 3 4- Esposicioll del das que las atenúan . 1 el Presupuesto de gastos, si bien es susceptible de reducciones en algunos departamentos i capítulos, es por otra parte de los mas modestos ¡ sencillos que tenga cualquie r pais, encaminánd ose a una simplicidad todavía mayor. Así, toda la complicacion i todo el malestar de la situaeion, vienen del pasado i no del servicio present~. Remover esos obstáculos, hacerl09 desaparecer completamente. es el fin principal que ha de proponerse el Congreso. Tres caminos, o tres proyectos, s~ ocurren naturalmente a cualquier ciudadano que se ocupe con seridad de esta materia importante. 1.0 Disponer de los bienes nacionales de toda especie, por vía de e- najenacion, · para cancelar todos los saldos pasi vos pagaderos, i amortizar los capitales adeudados que causan el mas fuerte de los gastos anuales. 2.0 Aumentar los in gresos del Tesoro por medio de nuevas contri- buciones, hasta cubrir los indicados saldos, i ponerse en capacidad de ha- cer frente a todo el monto del Presupuesto de gastos, comprendidos en este los intereses de la deud a nacional. 3.0 Disminuir tan considerablemente el Presupuesto de gastos, que el sobrante de las rentas dé con que cubrir el atrasado pasivo. Los dos primeros arbitrios pueden reducirse a uno solo, pues nacen de un mismo principio, el aumento del ingreso, i pueden adoptarse por una sola vez, o repartiendo SllS efectos en dos o mas años. El tercero no podría en ningun caso, i ménos en un ~ño solo, satisfacer completamente las exijencias de la situacion, ni es susceptible tampoco de una aplica- cion indefinida. ;Por fortuna todos tres arbitrios son mui compatibles entre sí, i pue- den adoptarse parcial i simultáne amente. Por las observaciones siguien- tes os enteraréis de las ideas del Poder Ejecutivo a este respecto, de los- cálculos que él forma, i de las medidas que propone para obtener el equi- librio deseado. . Ha meditado prófundamente el Gobierno sobre- la posibilidad de es- tablecer una nueva contribucion que le diese los medios de elevar el Pre- supuesto activo hasta igualarle con el pasivo. Persuadido el Ciudadano Presidente de que, miéntras la industria i el comercio nacionales no se desarrollen suficientemente para en contrar en sí mismos estímulos bas- tantes p~ra acometer las mejoras materiales que les sirven al mismo tiem- po de base i de fomento, esas mejoras no se llevarán a cabo sin el pode- rOS0 impulso del Gobierno jeneral" su primer pensamiento habia sido, án- tes que eliminar del Presupuesto algunos gastos que le han parecido con- venientes, i propios todos de los fines que debe llenar un Gobierno civi- lizado, esforzarse en aum entar los ingresos, para conservar bajo la de- pendencia del Gobierno jeneral las mas g raves atenciones públicas, que acaso no era provechoso descentralizar,porque su peso escedia tal vez las Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Secl'ctal'io (le JlaciClllla. fuerzas de las locali dades. Pero e~te pensamiento, hijo de los mas desin~ t eresados deseos, ha debido perecer dchnte de la necesidad urjent.e de mantener sin nue vos gravámenes esa mi ' ma industria j ese mismo co- mercio flue se de~ea favo recer, i de lante de la no ménos premiosa obliga- cion de ll evar a su mas estensa aplicacion los principios que contiene la Constitucion de la República. Consecuente con ellos, el Gobierno sigue gustosamente el camino de la descentralizacicn, i lo sigue no solo en aquellos negocios en que constitucion'ilmente es indispensable obrar así, porque dichos negocios han sido declarados 'de competencia munic ipal, sinó que t,ambien quisiera abrazarla en varios de los que por delegacion pueden cometerse a las localidades, i respecto de los cuales conservaria el Gobierno jeneralla facultad de modificar i aún de revocar sus disposicio- nes. Diríjese el pais a. una organizacion federal mas estensa, i solo se detiene por la dificultad de organizar convenientemente las entidades po- líticas de primer órden que han de componerla. Quizá se propone, tam- bien deteQerse en un punto mas avanzado de la descentralizacion, sin lle- gar hasta romper la unidad, para reunir en su réjimen político las ven ta- jas de los dos sistemas, atenuando hasta el mayor grado posible sus incon- venientes. Mas, en cualquiera caso, siempre es cierto que pide todavía mas amplitud en el gobierno municipal. A 103 poderes públicos corres- ponde hacer fácil i cómoda una carrera inevitable, preparando previsiva- mente los medios conducentes, i removiendo los obstá.culos con plan i constancia no in terrumpidos. Despréndese de tal estado de cosas, la consecuencia natural de que, atendido lo poco que puede obtenerse por los nuevos ingresos, el nivel permanente de las entradas con las erogaciones, debe buscarse mas bien del lado de las economía s que del de los nuevos impuestofi, mas bien por la descentralizac ion que por la concentracion de las funciones del Gobie rm), Pronto deja de gobernarse aquello en que no se gasta, viniendo con el tiempo a ser director supremo de un negocio, quie:1 suministra los fondos para administrarlo. El Presupuesto de Rentas formaao para el próximo afio de 1.0 de se- tiembre de 1854, a 31 de agosto de 1855, alcanza a $ 1.95!J,756. Difiere dicho Presupuesto del resultado del cuadro de rentas reconocidas en el año de 1852 a 1853, en la suma de $ 115,!J08 que da. de menos el primero, no obstante que a los ramos de Aduanas i de Salinas se han acumulado ahora los productos probables de los sub idios de estas dos rentas, exijibles en las localidades que no pagan hoi dichas contribuciones, i que se han estimado en $ 140,000 ; i no obstante que se han agre6ado :¡lgunas su- mas en los ramos de Papel Sellado i Correos, porque los resultados del cuadro carecen de los productos corr spondientt;s a ocho administracio- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 36 ES)lOsicion del nes principales, entre las cuales hai algunas de significacion importante. Los motivos de esta reb aja son los siguientes: 1.0 Que se ha hecho la supresion de la partida Venta de vales de Deudaflolante, partida con- siderable (que lleg6 en el año de 1852 a 1853 a $ 173,800), i que ha figu- rado impropiamente entre las rentas. Est a suma no es mas que la dupli- cacion de una misma cantidad comprenrlida en el producto total de la renta de Aduanas, vendida con anticipac i0n. 2.° Que, por ios motivos espresados en otro lugar, han sido suprimidos en este Presupuesto los productos de las rentas de Caminos, Sello i Derech0 de Títulos, e Interna- cion de Sales.3.0 Que no figura el producto del desc uento para Pe nsio- nes civiles, porque fué abolido en 1853. 4.° Que ~n lug:ll" de la fuerte suma de $ 221,62] obtenida por ReJencion de censos, solo se presupo- nen por este-ramo $ 100~000, pues, segun se ha manifestado, tal opera- cion no debe ser obligatoria para los censualistas, i a lo mas puede permi. tirse por cuenta de los tenedores de documentos convertibles o admisi- bles en la operacion. Háse prescindido de comprender en el Presupuesto de rentas los pro- ductos de Manumision, así como en el de Gastos el pasivo de las mismas rentas, porque aunque se ha propuesto su incorporacion al Tesoro nacio- nal, como ellos se han de equilibrar entre sí, no alteran en cosa alguna los resul tados jenerales. Bajo de estos antecedentes, i en la intelijencia de que los productos de rentas que anteriormente figuraban bajo otros nombres, han sido im- put'ados ahora a las que verdaderamente corresponden, se tendrá el Pre- supuesto de Rentas de la Nueva Granada, formado por totales brutos, i no por deduccion de gastos de recaudacion, que figuran en los gastos, re- ducido a lo siguiente: Aduanas. $ 1.151,346. Salinas. 46;;,610. Papel sellado. 90,000. Correos .... 65,000. AmonedaclOn .. 14,992. Bienes nacionales .. 55,000. Aprovechamientos . 17,808. Redencion de censos. 100,000. $ 1.959.756. Pero para fundar sobre bases sólidas los cálculos necesarios para el establecimiento del equilibrio, es menester rebajar del total del Presupues- to, a fin de conocer lo neto disponible, las partidas que van a espresarse. El ramo de Aduanas está gravado en la parte E)ue puede llamarse de- ,'echo primitivo, para distinguirlo del adicional, en las porciones siguien- tes: l.a, ocho centécimos para la deuda comun flotante; 2.a, Gie~ para la Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Secretal·io de Hacienda . 37 de Jaime M ackintosh; 3.a , catorce j tres cuartos para los billetes dados a los acreedores' británicos; 4.a , ochn para los documentos de deuda c ivil ; i 5.a , ocho para los de deuda militar. Las porcion es L a i 2. a ti enen a pli ca. cion en todos los pagos, así por su mayor abundanci a, como porque t ienen una circulacinn mas este nsa . L as porciones 3.a , 4.a i 5. a no se encuentran en el mismo caso, i puede c alcul arse que, au nq ue las tres sum an 3D,! por ciento, solamente tendrán aplicacion por término medio, 16 céntimos, que unidos a los 14 resulta ntes de las porc iones l. a i 2. a , dan un descuento jeneral de 30 por ciento. Apl icado es te a la suma del derecho primitivo de Aduanas, que im porta $ 921,077, da un a rebaja de. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " $ 276,323. 1 sustraida esta del tot al Presu puesto de R entas, qUf,l es de. . . •. . . . . . . . $ 1 959,756. Deja un neto disponible de $ 1.683,433. 1 si del mismo resultado líquido se deduce, para ser aplicago esclusivamente a saldar todos los créditos pa- sivos existentes en 31 de agosto de 1854, el valor del 25 por ciento adi cional de los derechos de importacion, que alcanza a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. $ 230.269. Quedará un saldo aplicable a los gastos de 1854 a 1855 de .•........•............ " $ 1.453,164. Por consiguiente, el equilibrio se hallará establecido si pueden obte· nerse dos cosas: 1.0. que con el 25 por ciento adicional de importacion i los recursos estrañus al Presupuesto de Rentas, se pueda saldar todos los créditos anteriores all. o de setiembre de- 1854; i 2.0. que el Presupuesto de gastos de 1854 a 1855 no esceda de $ l.453.164. 1 estas dos cosas son las que puene, i quizá podria decir debe, resolver el actual Congreso. Mas las dificultades para conseguir el primer objeto son graves, por~ que una notabte parte del saldo pasivo que arrojará el año terminado en agosto de 1854. afectando al producto de las rentas en el año siguiente, por estar estipulado su pago de un modo determinado, no puede imputarse a125 por ciento adicional de derechos de importacion. Resultará. pues, que ~ hai necesidad de hacer refluir contra ese mismo fondo re, ervado parte de los gastos del servicio del afio, i ent6nces los acreedores pueden sufrir algun perjuicio; o hai que aumentar el fondo reservado para sal. dar el pasivo, i entónces ell'resupues to líquido de re ntas disponibles sufrirá UAa nueva reduccion. Pal a que el Congreso pueda escojer entre estos dos términos, i para fijar sus resoluciones en materia de gastos, es nece- saria una atenta mirada al Presupuesto que los arregla. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. ES}Josicion cId El Presupues to de Gas tos que se os presenta para el servicio del afio económico de 1854 a 1855, está compuesto de las ocho g randes partidas siguien tes, que corresponden a los departamentos admini~trativos en que está dividido el pasivo de la H acienda Nacional, i que se subdividen luego en capítulos i artículos, segun se verá en el respectivo documento. Deuda Nacional ... . 63U,9 E' G. Gobierno ....... . 133.094 . Relaciones Esteriores 78,804. Justicia. •... 10.112. Guerra. .... 519,635. Obras públicas. 136,/155 . Beneficencia i Recompensas .. 176,283. Gastos de Hacienda i del Tesoro. .. . .. . 963,692. Total. 2.658.061. Pero observaréis que si de est~ última cifra se deduce el Departa- mento de Deuda Nacional, que todo representa intereses o capitales pa- gaderos, provenientes de tiempo ant.erior. i si se toma solamente una pe- queña parte de la fuerte suma que aún puede rebajarse del resto del Presu- puesto de Gastos, segun va a indicarse, el remanente de dicho Presupues- to de Gastos es menor que el Presupuesto de R entas, comprobándose así la observacion hecha en otro lugar, de que el desnivel de los recursos res- pecto de las necesidades, es imputable esclusivamente al pasado. Mas, entrando ahora en el aná li sis deten ido de dicho Presupuesto de Gastos, procedamos a examinar qué partidas pueden omitirse para esta- blecer en consecuencia los contracréditos, porque su erogacion no sea indispensable para el servicio nacional; i cuáles, aunque votadas, no ' sea necesario pagar, porque otras medidas oportunamente tomadas, hagan de- saparecer la necesiGad de cubrirlas. Ya, en varios lugares de esta Esposicion, ha habido oportunidad de hacer notar que el arreglo celebrado con los acreedores británicos en 11345, es no solo de difícil, sino quizá de imposible cumplimiento. Si, pues, la República corre el peligro de haber de hacer esta des 'lgradable i vergon- zosa declaratoria, su honor la impele a evitarla haciendo los últimos i ma- yores sacrificios; i su propia conveniencia le aconseja que sea a la desa- paricion de esa misma causa permanente de necesidades i de contfictos, que consugre preferentemente la totalidad de los medios de pago de que . pueda disponer. Que el Gobierno se halle autorizado para aplicar a tal objeto la empresa, i hasta la propiedad, del gran canal interoceánico, i Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Secretario de Hacienda. 39 para ceder a Jos empresarios Jos derechos de la República a la propiedad i al rescate del ferrocarril de Panamá; que continúe autorizado para invertir, . como seguramente invertirá, en la amortizacion de la deuda esterior, el resto disponible de la acreencia colombiana, cuyo pago está obteni éndose del Perú; que siga igualmente fac ultado para disponer de todas las propiedades nacionales que no sean indi spensables para el serv i- cio público, en favor del mi smo objeto; que la enajenacion de las tierras bald ías a título oneroso se haga esclusi'uamente por bonos de la deuda es- terior, i que solamente pueda competir con ellos el dinero, i este mismo, si se obtiene, que sea destinado a la compra de documentos de aquella clase; que completeis así por vuestros at;tos de este año el pensamien to del Congreso de 1853, i vosotros en union dBI Ciudadano Presidente de la Repúblic a, habréis tenido la sati sfacci on de hacer a esta el servicio mas importante i duradero que ella podia apetecer en cuanto a su bienestar material. Adem as de los bienes que apareja el restablecimiento del cré- dito, la adm inis tracion jeneral del pa ís se habrá faci litado inmensamente, porque habrán desaparecido las dificul tades recuniarias, princ ipalmente si en los demas ramos se observa una economía rigorosa. Ent6nces, aun- que hayais comprendido, éomo en todo caso debeis comprender, en el Presupuesto de Gastos, la apropiacion necesaria para cubrir los in ter eses de la deud a esterior, puede reputarse omitida como debe considerarse aquí para el solo objeto de examinar la posibilidad de establecer el equili- brio. Dicha partid a monta en el año de 1854 a 1E< 55 a la su- ma de • . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 430,531 Los intereses de la deuda flo tante en todas sus clases, aunque deben ser vot dos para ,observar las reglas de la contabilidad, no afectan a l cálculo hecho sobre la parte dis- ponible del Presupuesto de R entas, porque dichos intere- ses se satisface.n con el mismo fondo que . el capita L, i ese fondo está ya deducido en el 30 por ciento de aplicaciones especiales. A sí, bien puede considerarse omitida la parti- da que los representa. T rá tase en esta parte de la Espo- sicion presente, del equil ibr io positivo de la Caja, para ha- cer que los lib ramientos que se jiren a la v;sta contra ella · sean cubiertos con ese mismo carácter. La referida parti- da alcanza a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22,000 En las demas partidas del Departamento de la Deuda Nacional, que todas dicen relacion a la interior, no puede omitirse, ni considerarse omitida, cifra alguna, porque su erogacion sobre ser obligatoria es inevitable, atendido el sistema de billetes que se halla establecido. Por otra parte, la deuda interior, mucho ménos cuantiosa que la esteríor, llasan .... .........•.• ..... ~ ..... 452,531 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Esposicion del Vienen ........................ . 452,531 ha sufrido en la parte convertida en rentas, notabilísimas reducciones, como en otro lugar se ha indicado, i habrá de sufrirlas la que no se ha conve rtido todavia. En el Departamento de Gobierno solamente podrán o- mitirse, si el Congreso no las juzga indi spensabl es, las parti- das nuevas que tiene el Presupu es to de este año, a saber: la que trata de gastos de instruc cion pública, que si hien es atribucion conservada al Gobierno jeneral, no lo es esclusi- vamente, i su ejercicio acaso estará mejo r colo- cado en el poder municipal. ......... " $ 4,938 1 lo aumentado al capítulo de gastos im- previstos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2,900 7,838 7,838 Notad, Ciudadanos Lejisladores, que el Departamento que resume el gasto del personal político del alto Gobierno del país, Congreso i Poder Ejecutivo, i el material que él necesita, alcanza a pénas a $ 125,256, suma que no llega a-ser la décima qtlin~a parte de las rentas nacionales. En el Departamento de Justicia, limitado como está al Supremo Tribunal de la Nacion, i reducido a la pequeña suma de $ 10,1l2, no puede hacerse reduccion a!guna. De los $ 78,804 que importa el Presupuesto de Rela- ciones Esteriores, pueden deducirse, segun las indicacio- nes que en su informe correspondiente os esplicará la Se- cretaría del ramo, las partidas siguientes: Por la separacion del negociado de Mejoras Internas de la Secretaría de Reiaciones Esteriores i su agregacion a la de Gobierno, pueden suprimirse en la primera de di- chas Secretarías, que debe consagrarse esclusivamente a las materias correspondientes a su denominacion, las plazas siguientes: Dos Jefes de seccion a ...... $ 960--1920 Un Oficial.......... . . .• 480-- 480 Dos escribientes.......... 288-- 576 2,976 Por reduccion en los gastos diplomá- ticos i consulares. •............• , . . . • • . • •. 10,000 12,976 12,976 Pasan .........•....•.......... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Secretario lle Hacienda. 41 Vienen ..................• e •••• 473,345 En el Departamento de Obras Públicas podrian intro- ducirse las siguientes rebajas: De los $ 23,520 presu pues- tos para vías de comunicacion, dejando solamente la suma oblig,atoria por contratos, suma que tambien desaparecerá del Presupuesto despues de un año, quedar.án eli- minados. ..... .............. .. . $ 16,800 La cantidad presupuesta para levantamiento de planos de los baldíos, puede suprimirse si la Co- mision Corográfica sigue encargada, como ahora lo está, de esta misma obra. Em cantidad monta a 10,000 La conduccion de los reos desde el lngar de la residencia hasta el de la condena, deberá ser ue cargo de la provincia respectiva, así porque este gasto es de los que mas fácilmente, i con menores inconvenientes,admiten la descentralizacion, como porque el servicio personal que demanda la ope- raciono fuera del pecuni~ri o, no debe hacerse pesar con la desigualdad ac tual en las diferentes locali- dades. Tal disposicion rebajaria del Presuputlsto la suma de ...•.. . ... - . . . . . . . . . . . .. 8,000 34,800 34,800 Alcanza el Presupuesto del Departamento de Benefi- cencia i Recompensas a la suma de $ 176,283. De ella, $ 24,083, están destijlados al levan tamiento de monumentos decretados por la gratitud nacional a los dos grandes hom- bres· fundadores de la Patria; obras que no son de natura- leza urjente, i que, como lo ha observado un juicioso e ilus- trado amigo de la Nueva Granada, estarán superabundante i ventajosamente reemplazados por un monumento mas elo- cuente que cualquiera estátua : por la exhibicion ante to- das las Naciones, de un país libre i bien organizado, que Ies • debe su existencia. Agrégase, pl:les, a las rebajas posibles la suma de • .. .•.• .................... 24,083 Aún en el concepto de que la organizacion i la supre- ma direccion de la Guardia nacional continúen reservadas al Gobierno jeneral, el gasto que causa esta institucion pue- de i debe descentralizarse, dando, por lo ménos, alguna in- tervencion a los Gobernadores de las provincias en el nom- bramiento de los Oficiales. Esta disposicion no solllmente estaría en consonancia con los principios de la Constitu- Pasan .••••.................... 532,228 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. • Esposieion del Vienen ..................... •' ..... 532,22¡f cion, sinó que procuraría al Tesoro descargarse en el Pre- supuesto de Guerra, del gasto de personal de la Guardia Nacional, c;¡ue es de. . . . . . . . . . .. 120)412 1 del de material, de . • . • . . . . . . . . 16,262 Total. .....•. $ 136,674 136,6-74 Quizá ,\yuestra sabiduría, i la confianza que debe te- nerse en la continuacion de la paz, os sujerirán otras reba- jas en el Departamento de Guerra, que el Poder EjecutivÜ' acojerá, si no llegan hasta el punto de comprometer la exis- tencia del órden, pues ent6nces la economía apaTente seria,. una verdadera prodigalidad. En el Departamento de Gastos de Hacienda i del Te'- soro debe hacerse una reduccion en la partida presupl:lesta para pago de intereses de las sumas· negociadas como em-' préstito o como antieipaciol'l. Las prudentes supresiones o rebajas indicadas con relacion°a otros. Departamentos, auto- rizan a pensar que en vez de los $ 400,000, c0ntenidos en el Presupuesto, i votados en el año de 1853 para el corriente,. pueden ser suficientes 150,000 i por lo mismo,. que deben deducirse. . . . . . . . . . . . . . . .. 250, °O f:), Tambien debe considerarse para estos cálcu- ]os relativos a equilibrio, que aunque en el Presu- puesto figuran $ 36,604 para personal i material de las casas de moneda, esta suma no puede ser invertida sino. en el. caso de que los productos de' dichos establecimientos lleguen hasta ella. Si tal hipótesis se verifica. entónces el Presupuesto de Rentas subirá en la misma proporciono Por tantor en el de Gastos no debe figurar sino la misma su- • ma que contiene el de '·Rentas. Esto da lugar a . una reduccion de. . . • . . . . . . . . .. 21,712 -271,712- 271,712 Tota~ de reducciones. 940,614 El cual, deducido del monto del Presupueste integro de Gastos, que es de. . . . . . . . . . . . . . $ 2.658,061 Deja un neto Pl'esUpuest0 de Gastos de • • • $ 1.717,447 Pero como, en otro lugar, ya se ha manifestado que las Pasan •••••••••••• •••••••• ••••• ~ 1.717,447 Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 'Secl'etario (le Haciellda_ 43 Vienen. • • • •• • • • • • • •• • • •• •• •• • ••• 1.717,447 Tentas líquidas disponibles solo llegan a ......•... $ 1.453, 164 Habrá que saldar de otra manera el importe de la dife- .rencia, que es de . ...• •. • ... . ........... $ 264,283 Será preciso, pues, que el Congreso decrete nuevas o mayores eco- nomías, hasta cubrir esa suma, haciéndola desaparecer del Presupuesto de 'Gastos, operacion que sobre ser dificil, en ningun caso podrá llegar hasta aquel punto ,; o que adopte el medio indicado en otra parte de esta Espo- sicion, de hacer refluir contra el 25 por ciento adicional a los derechos de importacion, fondo reservado para cancelar el saldo pasivo ael 31 de agosto de 1854, una porciOB de los gastos del servicio de 1854 a 1855. La par:te que de dicho año haya de imputarse al mismo fondo reservado • .d ebe &er elejid!1 enbre los gastos ménos premiosos del servic io público, i en la intelijencia de que tal disposicion no debe dictarse sinó despues de ,que :hayan side infructuos03 los medios que se tomen para evitarla. Rai en el Pr-esupuesto de Gastos las partidas siguientes, que a la ma- ·nera de las del Departamento de la Deuda Nacional, no representan ser- vido .actual ninguno, pero que el Gobierno considera justo i obligatorio .continuar ero.gando, a saber: Pensiones civiles, de Hacienda i militares .••••••••••••••• 150,20() Sueldos de no actividad, militares. •• • • • •• • • • • • • • • • • •• • • 84,600 [d. id. de Marina ••••••••••••••••••••••• 1,000 $ 235,800 Antes que imputar al fonde> res~rvado, como pudiera exijirlo la nece- -sidad, estas sumas que aunque cuantiosas para nuestro pobre T esoro, re- presentan -una deuda de gratitud nacional, deberia emplearse, a eleccion de los interesados i c(.n su consentimiento, alguno de los fl.rbitrios que dis- 'minu~'endo la erogacion anual. consultasen hasta donde fuese posible los ,derechos que tienen adquiridos. U no de esos arbitrios es la redencion que hiciese ,el Tesoro de la renta viajera de que disfrutan los pensionados, dán- doles .para lograrla, una porcion de tierras baldías equivalente a la renta de cierto númere de años, disponiendo de una fanegada, por ejemplo, por eada peso del capital resultante. Otro medio conducente es el de la con- "erl¡on de la renta viajera en perpetua, a un ta~to por ciento que no llegue a la tercera parte de la erogacion actual. Ese tanto por ciento podrá ser el treínta, poco mas o ménos. Por el primer arbitrio desaparecerá toda erogacion: por el segundo, los $ 235,800 que importan las pensiones de todo jénero, quedarían reducidos a $ 70,740. Destinar el 25 por ciento adicional de los derechos de importacion, al pago de todo el pasivo ca\tsado hasta e131 de agosto de 1854, i darle apli- Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Esposicion del cion desde 1.0 de setiembre del mismo año., haciendo concurrir contra el , mismo fundo el importe de lo, sueldos de no actividad i de las pensiones, I es flotantizar una fuerte suma pagadera, pero asigni'tndole un cuantioso medio de pago. EI ·iateres que se señale a la· suma flotantizada proceden- te de sueldos de actividad. puede llegar hasta el uno por ciento mensual, i esta ventaja compensará en gran parte el perjuicio del interesado, respec- to del no recibo inmediato en numerario del importe de su crédito; per- juicio que, por otra parte, no se evita dejando las C0sas en el estado actual, i que quizá, en es te mismo estado actual, es mayor todavia. Reflexiónese que la deuda comun flotante, de Lt cual un a parte no tiene interes, i la Qtra gana solamente el cinco Q el se is por ciento a nual , corre en el merca- do al sesenta i cinco por ciento, teniendo solamerrte as ignado un fondo de ocho unidades en los derech~s de importacion, fondo que para amortizar la totalidad de la deuda, 'necesita el espacio de ocho a diez años de ser aplic ado a su objeto sin interrupcion alguna. 1 la flotant izacion que ahora se propone, sin se r de una cantidad notab lemente mayor, aun- que quizá sí lo sea en pequeña parte, dIsfrutará de un fondo triplernente cuantioso, gozará de un interes que puede llegar hasta el doble, i acaso es- tará amortizada en tres años. Para justificar perfectamente la operacion, d3mostrando que ella no envuelve ofensa de los derechos adquiriáos, déjese a la vol untad de los interesados el prestarse o no a su ejecucion, i consérvenseles los derechos que a un mejor pago pueda d ar lugar la introduccion del órden i de la mas severa econom1a. La práctica enseñará que ellos aceptan g ustosos, el medio posible i seguro de satisfacerles que se les presenta. De propósi ~o me he abstenido al hablar del saldo pasivo del Tesoro, de hablar tambien de su sald@ activo recaudahl le. Prescindiendo de la desigualdad en la cuan tia, en la naturaleza i en la mayor o menor efecti. vidad de los dos créditos, hai que considerar que e~os saldos activos exi. jibles dentro d el próximo año econ6mico, compensan los saldos de igual clase que han de quedar al fia del propio año. Las rentas no se recau' dan inmediatamente que se causan, i 10s gastos sí deben satisfacerse tan pronto como se presta el servicio que los orijina. Asi es que en el Pre- supuesto de R en tas se ha hecho, como debla hacerse, -figurar por produc. to de las contribuciones lo que ha de liquidarse i reconocerse en el año de 1851 a 1855; pero se ha contado con que los recaudos de estos produc. tos que quedaren diferidos para el de 1855 a 1856, serán compensados con los que se hagan de los producloS de 1853 a 1854. No se ha tratado en esta Esposicion de un equilibrio de solvencia solamente, sinó de un equiiibrio de Caja, palpable en sus efectos inmediatos, i capaz de estable- cer el crédito sobre un pié respetable. ( Por que es necesario repetirlo incesantemente, Ciudadanos Lejisla. dores, es indispensable establecer ese equilibrio si se quiere que haya ser-vicio eficaz de parte del Gobierno, créd ito en el Tesoro, i simplicidad i 6r_ Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Secretario de lIacicllda. den en las operaciones. Unicamente con ese equilibrio puede haber ban- \ queros que se encarguen de recaudar, depositar i distribuir los fondos del Estado, i que hagan a este grat uitamente, o con mni bajo iuteres, los su- plementos transitorios i no mui considerabl es que llegue a necesitar. En- t6nces será posible i conveniente otorgar una patente de privilejto a la Compañia de banco que, dando las suficientes garantías de responsabili- dad i fidelid ad en sus actos, pueda, sin peligro, disfrutar la ventaja de que sus billetes sean admiiibles en la Tesorería nacional; pensam :ento que puesto en discusion desde años atras, ha revivido ahora la prensa, pero que solo es exequible ofreciendo alicientes i segundau a los emprendedo- res. Bajo de tal concepto, la Administracion apla ude la idea, i os escita a su adopcion. El Poder Ejecutivo ha dado cumplimiento a todas las leyes que es- pidió el Congreso de 1853 en materia de Hacienda, as! como tambien lo ha hecho en los demas ralllos de la administracion pú LJ lica. Su mas ar- diente deseo es el de que este im portante D epartamento, vigor i sav ia del cuerpo social, sea arreglado del modo mas satisfactorio. Las ideas del Gobierno, lijeramente espresadas en esta Esposicion, serán formuladas en proyectos qU,e os serán presentados sucesi l7amemte. Ojalá que ellos con- tribuyan a la consec ucion de los a ltos i nobles fines que se proponen de consunQ el Congreso i el Presidente de la República, fines para cuyo logro no es lícitu a ningun ciudadano, por oscuro que Hea, negar su pequeño, pe- ro patriótiq.o continjente ! Bogotá, 2 de febrero de 1854. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. BA ANCE NUM. 1.°' LIBRO ][AYOR DE LA DIRECCION JENERAL DEL DEPARTAMENTO DE LA DEUDA NACIONAL. '1 NOMBRES DE CUENTAS. Resultados de la cuenta anterior. I Elementos para el .ño económico de Result ados para la lIenta del año siglIielIt.e. 1 ~ 1 18~2 a 8~J. OBSERV ACIONES. CUENTAS JE S. ~ II I 1 I TOTALES. __ \\ SilLDOS' ___1 '" DÉB~TOS. I CRÉD~TOS. 1 DÉB~TOS. Ie RÉ OITOS. DÉB~TOS. CRÉDITOS. JI ~ÉBITOS. CRÉDITO~ I (a) Total deuda del E stado en 31 de agosto de 1853 por los El estado SIC jeneral de re ocimientos i amortizaciones............. 335 489 167.!)77 21 112.706,634761 3.445'26 1150 1.837,3275811 'Hl2613 38;7 1' 114. 543,962·34 (' )378.069,276'37 •••••••.•. diversos capitales de los saldos en crédito. neudaconsolidada (5 por ) ••••••••••••••••••••.••••••••••••• 1 3 24.1 27,586 63 24.128.28928\ ••••••••... • ••••••. : 24.1 27,586 03 24.128,289 ~ A ..... . . .. •• 702 fi5 (b) (b) Los saldos a favo r de estas 5 cuentas m anifiestan las ealltid"des qu e tllmc que reCO nOcer la N ll eva Gral.¡ada para Deuda consolidable (5 por ) .••••• .... •••••••• ••••••••••••• ••• 4 760.70775 760.708 .. ........... I .• .......... .. . : 760.707 75 760.70 ... ... .. . .. .. . .. • ••••••. 25 (b) Ilellar su cupo. , 'or ell us dfbell obtener SU" respeetlv(,s va les, Deuda a ( 3 por ) ••••••••••••••••• • •••••••••••••• "1 5 35 35D.60 l 75 35.543,137 60 •••. • • • •. "1: 35359 60 11 75 3 ').543.137 60 . . 183,53585. (d) determinades individuos tenedores de certificaciones por so- able(3por. ) .••• ~ ................. . ............ ~61 3.480.007151) 3.489,00618 11 ......... : ......... : 3.489,r 07 .-'O 3 489.00.i 8 1 :::::.: .·(~)69 1 ........ .. brantes en obligaciones eolombian~s amortizadas con bienes a( ::: ) .................................. ! 2.295.05613 2.489 .238\64 ••••••••• " 1 ........ , 2.295,056 13 2.480,23864 •.........• \ 194,182 51 (e) naeiona les. ,(el El saldo en contra de esta cuenta manifiesta lo que se a (5 ,\,-: •. ." • •.•• •• •• •••• • ••• •••• • •••• ••• . 35'4253"~ 25 35456 35 4"-6 35, ' 5(,' . ha reconocido de mas por la N upva Granada, en la deuda a(6 ). , . : ....................... .. .... 9\ '23;2511 ::::: :: :::: :::::::: '235125 ;3525 :::::::: :: : ::::::::::, colombiana consolidable al 3 por JOO. ría (sin s) .. , ............ ................. 10 15231,172 2~ 15 23 1,172 32 ........... , ••••• .••• \ 15.231.1 722 .'J 15.231.17:¿ 32 .•.... . ..•• .. ...... 07 (b) (d) Para saldar esta cuellta sólo pue?en admltir~e certifica. ciones por sobrantes en vales coloml:lanos amortlzadus, que S ac reen s(3pn 100) ........................ 11 248,1752:> 248,175281 ......... \.. ........ 248 17;)25 248,175:28 ........... • ....... 03 (b) existen en poder de determinudos individuos hasta com¡>1etar tanteconsolidable6porLOO) ..................... .... .. 12 7.284.746, .. 7.2f.6,4 Ifl5211 ................... , 7.2R4.746 .. 7.286,4 16'i2 ........... 1,670152 (0 la conver>ion de 103,53:; rcules 85' céntimos, pues deben 1m· a~~¡:~::~:dni~~I~~3(6 5~C:;0) ~:::::::::::::::::::::::::::: ~!. 4'i~~~~~~¡~~ 4~~~:~~; 1;~1 putarse a esta cueLJta 80,000 reales que están en depósito i a ::::::::: ::1 ::::::::1 4'i:;:~:~~ II ~~ 4 · ~~~~~;\1~~ ::::::::::: 10i:~:~I: ~~1 mq ue ti ene derecho la Repúb!ica. (e) Este saldo es para dpbitar la cuenta de vales que deb~n uda fl otante rad icada e5 r 100) ............................. 15 4322,~3: \1 ~ 4.361.834 ~9 , .......... , ...... "1 4.322.43 "¡ 13 4 .36 1,634 39 ;. • . . . . . . •• 39.3U626 (n estenderse a favor de a~reedores determ inados nomin al mente Deuda flot ante radicada ( si nteres!..... .... .•.••• .... •.•• •••• •••. · J(i 1.702.11.)120 1.75R.Oll,oO ........'.1.". .... .... ....... 1.702.7 1l:l ,:2 5 175~ 01l50 i ........... M,29:2i2:¡ (f) en la relacion de "Deuda de Tesorería al 3 por 100" adjudi-~ cada a la República por la Asamblea colombiana. E stos cré· Oellda por reconocimientos interts, liquid ada por Colombia. ••• .... 17 7!)!),322 f.O 1.126,(;581. . • ••••••• 799.322501 1.126.658 .. .. .. .. .. . .. 327,33550 (b) ,:it08 no se hau rdconocido aúu por ser cuestiop.ables los dere· rn Deuda pur reconocimiel ltos n intens, liquidada por la Nueva Granada 18 23.221,1 79163 23221.1 79 63 1 ••••••.•... 1 .... .... 23221 ,179 6::¡1 23 .221, 17963 ........... .. ...... .. chos de los "creed ores. ~ Deuda flotante radicad:l sin teres p)r inte reses, liquiJada por la N. G . . 19 1020.70575 1026.705 75 •••..•• ~ '1 " .. •.• .... 1 026 .70575 1.026,70575 .. .. .. . .. .. .. ...... .. (f) Los saldos a favor d" estas cinco cuentas manifiestan lo -g ~' Dendaesteriol' activa..... .................................... 5fi 16051!).750 .. 165648,750 1" 1.447,500.. ........ 161.9!i7.250: 165.648,750 .. ........... 3.681.5011 '" (g) que debe reconocer la Nueva Granada, lueg~ que l~~ tene· i e dores de documentos de deuda flotante colombiana reJlstrados < Estranjeros .... .. Deuda esterior diferida. ... .................................... 57· 157.:i74,OOO. . 165.048.750" 1 2 .407,5001. . \ •••• ~ • •• 159.681 ,5001 : 165.048,750. . . . . . • . . . . •• 5.967250 .. (g) por la Plenipotencia granadina, los pres"nten a la Direecion. Deuda sin interes por el pr 010 m!jicano ..................... ".1 269 ........... 1.575.00 '11"11 12o,685 75 .... .... 125 6S5¡75 1. 575,000 .. . . . . . . . . . •• 1.449,31425 (h) (g) Estos dos saldos representan el munto de l~ deuda cRte· ~ rior activa i deferida, por el cual no se h an elUltldo todavía Deudaesterl'or Va les de la deudaesterior IV.a . ......................... """" 58 3 262.5001" ]60.5]9,7501. ....... .. . "' 1.447.5001 3.2fj2,500: 11)1.967.250 .... • ......•. 158704750 •• (j) ( .••• . Va lesde ladeuda e~te r·lor obligaciones granadinas. , l'lda , 59 4945000 1"7 274000 2407500 4945 000' 159681500 500 ') (h) Deuda de la Nueva Granada en favor de la Repúbhea , 1" con,olid , do, (G p'" 1 : , " •••• .................. .. ... 20 309':400 :: ' 7.2IiO:8001 : : I1 :::. : ::: : 11: : ..... :... 3' 09 2:400 7:260:800 : : : : : : : : : : : :: 115::i~~:40 f) : : ~h mejicau::t. conw lidados (5 por 1 ~::::.::::::::::::::::::::::::::::::1121 18.890,600· •. 22.33?.400\ .. 70, t:-.00 .. ········1: \ 18.961.400 22330,400.. "1 3.369,000 •• (j) ( i) El T otal de estos dos saldos representa lo que se debe 1 Deuda interior con- ales consolidados ( 3 por )......... • ... .. .. .... .... .. .. .... .. 24 21.42~ 400) .. ·26.42:>,000. . 1,000 .. .. .. .. .. 21.429.400 26425,000 . . : : : : : : : : :1' • 4.995,600 .. O) a determinados individuos por sobrantes f n vales granadmos consolidadus del 3 i del 5 por 100 que consignaron en pago de I solidada....... Vedes sin interes por resid de cap tal ........... " .... ..... ...... 20 30,721 76 98 98~152 • •••• ••• '1" •••• •••• I 36,72 1701 98,9B252\. . . • . . . . . •• 62,26076 I (i) bie:,es nacionales rematados. Por el1o~ deben emitirse los v .• les Créditos nominales por sob tes en vales del (5 por] 00) ......... ; .. 23 7,08911 " 23,951.... ....... 1.. • ... .... : 7,089 . - \ 23 .!J5]... ........• , 16,862.. (i) correspondientes siempre que se presenten las certificac iones Cré litos nominales por' so! tes en vales del (3 por 100)...... •••• •• 25 4.27239 i2.44 0 .. • •••••• , ·1. . •••• •••. 4,'27239 .12.440 •. . I R,167 nI (i) obtenidas por los acreedores. I (j) Vales, certificaciones, billetes i cartas de crédito en cir-Censos asimilados .. \ Cert.ficac!(lnes de censos as ~I ~ dos: 3 por 100 ).... .... .... .... .... 27 l'S2,3nl 75 1.822,9271 :'1 01 ••.••••• 'I'.~ .. .. ..... 182,361 75 1.822.92750l ... . .....• • 1.640,56517550 (j) culacion el dia ;:11 de agosto de 1853, . ' ( :C ertlfi cacJOnes de censos liados: 5 por J 00 ). ... .... .... .. ... ... 28 . ] 0564 O .. 35·1.383 5011 • • • . • • • •. •• • • • • • • • . 1 0;),64 °1 ' ~~ 352,383 50 : : : : : : : : . : "'1 246 .743 1 O) (k) Cantidad de lluevUS vales flotantes puestos eu c,rculaclOu hasta 31 de ag0sto de 1853, deducidas las amor~zacioDes. I flntantes (6 por JO?> b · ..~ .:; .:..~ ~ .... ~ ....... : ._. . '~":J"r 3_~4f 399.929,35 3.1 08. 95. 2150 246:0l.'~47::1' ~l 7 .. _ 2~J004.~47o4t · . "-640~4?8 32 _3.21:H2650 . " : '-~ ... ·-t· · .2.573,01 8 18\ í.i) ( 1) Como el monto de lo que debe la Republ,ca po: .Ias s flotante:3'{lfjJ®.TUü')................................ 36'7 • •••.••.. , .. 498.000 . - 864 6 •.> '2 10 :J.2UO,O OO .. . . • . . . . . . .. 2.335,34795 (k) nuevas deudas de empréstitos i snministros, de sneldos CIVIles rñ 1 tlotantes(5p"rl00) ..... : ......... ' ..................... 378 196303430 3.ti -¿~,4H7 8R 216,71482 ........ : 2.179'749112 3.628,49788 .........•• 1.448,748 \70 ( j) i militares retenidos i de redencion de censos, sea deseonoeido el saldo que presentan estas seis cuentas, manifiesta solo lo ] Deuda flotante.... les flotantes SID mteres por caplta\.\. ...................... •• ... ·1 275 '825,8f>2103 830,l:l3,7" ..... •••. .• • •••••• -1 : 82:).B52 03 830,t137 . • . ..•..•. '1" 5,084 97 (1) que existe en circulucio.'1 d~ cltd" clase de .cartas, comparada :G I ¡ :::: ~~~~~~:: ::~ t ~~::::: ~~:: i~~e~~ :0i l~~~¡d ~d~; ~;'l~~ ';~I~;:::::::: : :j~7 1.~¿~:~1~ ~~ 3·~;~:~~~ 175 .. 'i¡~9~623160\ :::: :::: 1: 1 1.~~i:7~!\;~ 3.~~~,¿~~ 7 la emision con la umortlzaClOll. Haeta el dla se están reCono- ciendo . u<:esivamellte créditos por suministros al ejé rcito, por ~ Valesflotantessin inte, espor interese\liquidadosseparadamente ..... 34 2D3.'294 .. 30h,03 1 .. 1 ................... 1 293,91 " 30",Olil l"5 : : : : : : : : : :: 1 2.oo; .~:~I1~ g m ·········1·· 12.737 •• o) sueldos civiles i mi litares r~tenidos i por redencion de censos. 61 Nueva deuda con- Nuevos ,v~les 'co n'olldlldos ( 5 por 100~ .,' • . • ••• . • •• •• •• .• •• • • •. •••• 54~ (m) Este saldo se fNma del valor de los vales de renta sobre 3.4-¿ 9 ,i-·5625 3479,216125 ......... \. '1 ........ i .3.42!J,856125 3.479,21625 ........... ¡ 49,360 • . (j) el Tesoro al 6 por 100, que existen en cliJa. .~ solidada....... lficacJOnes por subrHlHes en CI ve\slOn......... ................ 55 1337 .. ] ,569 158.... ..... .. "1'2'0',·0'0'(')1' I 1'3371 \ : 1,509188 ... , . . . . . •• 23288 (]) c:.> ales de r en ta sobre el Tesoro (6 01'1100) ....................... . 115 ' 3.534,500.. 1 4 .9~ 1,l 0~ 1" 11 1 124'~001" 3. fi 58,9~0 : 15 . 071, 1 0~ 00 ........... 11 ,412200 .. (:) ~ 1 ( .ertificaciones de censos pilgadelo ínt¡t'gramente en dinero (5 por 100). 37 70,4l:l5 .• 2 627,J 06 •• 204,668"1 4 ,000 275,lü3. 2.631 ,106 . '. . .... , . .. •• 2.355.943 .. (1) ~1gen~os pagad el'os 1 (:eI,:t! cac!ones de censos pagadero ~nteg lamente en d!nero (3 por 100)"11 3AI 20.. 109.8ó41.." " ••.•.•.•. ...•.• • •• •••• •••. .. 2°1: 109,884 ............. 109,864. '. (j) ,,~ )~tegra mente en -< Certl~c a (:~ones de census pagadero ~ Itr gramente en d~nero (2 t por 100)'1 39 .... . ....' .. 10.464 '1' ., •••• • ••• •••• • • ..: 10.464 . . . . . . . . . . . • • 10,464 (,J) ~ dInero. •••• •••• l ¡CertdicaclOnes de censos pa15 ~ dero lutegramente en dmero (l t porlOO). 40 ........... 8,000 .. ..... .... .. ........ ........ : 8,000 .. .. . .. .. .. .. 8.000 "11 (]) ~ I ¡Nuevas ce:tificac.' de censos paga eros\ íntegram.te en din ero (5 por 100). 3581 1 •••.•••.... • •••••... \.. 12,359 .• I 3.581,61 01 12,3591 : 3.581,610\.. •• . .. • .. . .. 3.569,25] 5.. (j 1) ~ 0r ¡carLtS de crédito por emprést itos i sumí ni~tros ( 12 por 100 ) .......... . 367 1.453,804 50 1.577,619 . . • 11 ,4801' '1 4"36l'. 1.465,284 50 1 578,055 . . . . . . . . . . . • • 112,770 1 (i 1 ) rn ¡Cal tas de crédito por empréstitos i sumi nis tros ( 6 por 100)...... •••. 42 76.8341:25 77,834 2511 ..... ... . •. • ••••• I 76,SM 125 77,83425 .........1 .. 1,000 .. lei 1) .51 ¡cartasdecréditoporemprés titoS'suministlOS(Sin interes) ......... . 329 1. 009,462 75 1.178375i50,1 49,560"1 18,744 1059.02:¿ ,75 1.197,UH 50 ..........• 138,09675 (jI) ü~ 'l 1 C~ rl ~s de CJ:éd i to por cun tr a tos es eC!r' ~ es (12 por 100). . • • • • • • • • • • • • 44 462,o601no 462,060 60 .. .. .... '1' • • • .. • •• 1 462'°60160 462 O~O 60 . • . • . • . . . •• • ••••••. ICaltas de clédJlo por contratos (S e~I ~ les ( 6 por 100) .............. 1 45 6.844 .. 6,844 " /1 ........... \ •••• ••• 6,844.. 6,844 ............. • ••••••• Diferentesdeudas.J CartHsdecréd~topo"cofltrat()sesfec~ales,s!n!nterespor?apital I••••••. ) 46 595.477251 595.47725 ••••••••••••••••••. , 595,477125 595477 25 ·········1.. • ..... .. 1 l~artas de cr~d~to por CI ntra tos es,ecl~les.' sin lnteres por mtereses . .... 47 7fi .79¡ SU 76,797 591 .... '. .... ,. • •••• •••. 76797 59 76797 591 ........... .. .. . .. . I1 artas de credlto por e mpré, tlto "blul1'tano (12 por 100)..... •••• •••. 481 17,200.. 17,200.. • •••••••. "1 ........ 17,200 : 17,200 1.. \ ......•• l " ........ .. I¡ cartas de cl'é,:ito por empréstito v luntarío ( 6 por 100)......... .... 53 \ 3°°1 .. 1 300 .. .. ....... ,.. • ... •• .. 1 300 1 : 300 ", •.•.... '1" ........ .. I ~aJ:tas de cr~d!to pl~rempré::1tito v Juntar io (s in interes) . ............ 49 29.634125 11 2963425..... .••. •. •••• •••. : 2963412 'i 29.63425. . . . . . . . . •• • ••••••••• I ¡c .a ltas de cledlto cl\ll es ............· . ............................ 366 4140':,42 80 44 9A,768¡ .. 19.7083 ........ : 4.160.251101 4.498,768 1"11 . ........•• ' 338,51 69°IIQ 1) . : UCartas de crédito militares..... ........ ........ .... . . ............ 321 2904] 16 9::1 2957827 Gl 76,546,09 60,667155 2.980.6n307 3.0]8,495 16 . . . . • . • . . .. 37,83209 (J 1) Va les diferidos (por illte res 's colomoi anos).... .... •••.•••. .••• •••. 3(; 15. fl 02. 5621 141 24. 072.5021 3 ........... .... ...... 15 1' 02.5621241 24.072,502 13 .. . . . . . . . .. 8.269,93989 (j) II ntereses diferidos. Bi ll etes difer idos (por intt'l'cses g ranad inos ).... •••• •••••••• •••• •••. 273, 7 995 68~ 164 1129'3 037! l~ ..... .... .. 1,21 519~ 7.995,68H 64 11.299,2530811 ........... \ 3.303,56ti\44\\ (~) l Bi l l e t\ · scornplementariosdedin f' ro(¡>orintere~esgranadi)os ) 1. •••••••. 2871 , 7.116 45 13.128 6 ... ...... ·. 1.. 63. 7.1164fí 13,19163 ........... 6,07518 (l) Cuenta especial... ¡caja de amortizacion. ••••••••••••• :. ............. . ............... '111240 ~~8 000 ~1_~_·J'24 000 ~11 __2 ~02 000 ~ ___4 ,4001~ ~~0,0001~\ __4 !28.400 ~\\_._. ==1~1 ____8 ,400 ~ II (m) 11.031.527,9271 86 1.031.527,9271'6 12 28~ 93 ~l oA 12289.9::)8 \ 1' 111 .043.817,86!i194 1.043.817/~ fj5 ~~,069 277 OH 378 069 ~n106 e ffi Si.e 5?éf' NIffiDWfH'J'9!W4#t,itM .. tiMiMi W Eí4iM SW ... ·:Wf¿e*Mw7fi liffihAEM e !!!!S!fR4WiiLYtRk! 'N"5&#;;W;::;; .WW*í+ W t!l~G& W.. rnrFSi'*$INmaNfig; .. Bogotá, 24 de enero de 1854. El Secretario de H acienda, JOSE MARIA PLATA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. I . ....~ , ~ ~«M:"'""'tn!5J2!2"":' ~ "'"'!u::: • :¡¡¿¡~liEiJIiCII:OI:I~~'l"üil'M;;I + ffbOt iiU .es:::s~~~S6:rSZ'!:nB:ClZB~ e:e:.-:-.:zw - ~ I":!!!~ =, /.' , /.' , /.' '/. ' , /. '/ /. /.', /. /.. .. , b /." \/. . /. ' /. .. \/. . /. "1 \ I"/, el .. \I, /....~ .. \/. . /....~" \/~/....::t" \/~-<.~" \/,,,,~~\/.;:/,~,, ~/,/"",\!" \I,/,~" \,'.;:./".~" \I.::/,~" \/,.; ::t" V,/....\!'" \I,,\~,, V,~::t" \I,/,::t"\/'~./".~,, V.::-<.~" \/.::/...~" \".::/....~" \/'::/....\!..:- \/.::-<.::t" \/.:: ~::t" \/..::<~" \/,/....::t" \,'.::<.::t"\/,/"::t,, \I,/....::t" \~/....::t,, \/,/,;,.--" \/.::~\!" \I,/,\:,,, \I,I,\:,,, \/V"\.\:,,, \',,,,,,, \/.::/".\:,~\/,::/....\:,,, \/.;:/....~"~i","'''~'k/.::/,~"V'~~{t/.::"'',,\~~,,,, '\'",/,\:,,, ~"~~\~",, ~"i.'1 I I Rlll~~\'~/"-t~\""-t~\"'-t<\,"-t~\,-,-t~ \ ~,-t~\~''''\~''''\~,,~\,,'" "'" '" " '" " , ~~ ~~ y'".~:=. ~J :., ' . . . - . ~! I II~ \ ~~~ . W~ · ·C" ~~ 11 'I I~ ~~~.' ~-,:-j . "'~, ~.; .; NUM. 2.° ~ 1~1¡l' i, U~1,iJJ¡ , ',. 'HiH(\ ·~Ti.i'Y"f'.t·~ Tn~ T ~ 1,,!,T{'l1 j~ ~1t'¡O. ~U , rr~!\rrr~t~,~ 'fn~t rHH)l~ n "lr t\ ~~rf~ "l TRlRO ~n~~tr1 D~1f~l~,,~ ~~~~¡jV .. <.W ¡;.j;.:.,:llJl' .u:. V l ,b,,) <Á v ... ~ "-./ ~ I.U "'~ '"-' UlJ 11,..,,B \:J '" el:; dJ ~ t1 lB ¿~ J.:i Ji, , ili1 ~ !IV u>o ¡JI::> lÁ.h-.:T tIJ wl",.,< ti W ;J_~ 1~"",).3 ~ l.t IV ~ l>Cl~;t ~ U JJ1 ~ JiHIt I~O 'f\n7, wi;¡~, \Jlf1. ' ~~~ E~ ~ 11m ' . -_:l=6' -=-------~- --- ' . . ~/II Illf ,~ ¡I!i. NOMBFES ~E LAS CUENTAS. 8ifl Elemel1tosdelaño económico de SALDOS . OBSERVACIO~4ESQ 1/ , f 1852 a 1853. _ ~ ~ ~ ?; ~ ~f i% (CtuJlEM1r &§ lO)JEl1 lPlR i§)1IJlPUlEi§)1r(()) TIJ)JE Il§~2 .& Il§~23o O ------------- ------- -- ,> I=J;.; DEfiliTOS. Cl~EDli'.li~OS.ll}E~J'lfIl}:íJ. C~nJfS '.{'OS, ~ ~II ~ . ~i . ~ ~ - ~ ~ ~ Crédi os lejislativos . .. . . .• . . .. • . . • • • •• • . .• • . . • • . .. • .. .. 338 6.071 ,059 .. 4 .708,02637 1.363,03263 .......l .... rl ~ ------ ____._ ___ (a) Saldo de qlle puede dispo- ~f ll' ~ ( Capitulo 1.0 Deuda ~ster!or ........, ' . . . .• • •• • • • . . • . .. . . • ••• 3391 3.477,5!O .. 3.477,'510 : ....... ..... 1 •.. . ..1 .... ner el Poder Ejecutivo por 1) . ~ CapítJlo 2.° Deuda liitenor consohdada ••••....•.••....... ~ 340 54,5;)] 45 122,921 : . . • . . . . . 68~369155 no haberse hech-o recono- ~ ~ Capít lo 3.° Censos asimilados ....•..• , . . . • .... •.•• ...• .. 3416,22140 ' 23,084: . • .• .. .. 16~862 60 ~. ~ Capítqlo 4.° N ueva deuda interior consolidada ....•...•...• " , 342 620,241, . . 622,468 : . . . . . . . . 2,227/ .... cimiento alguno sobre él. @I ~ Cuentas de créditos lejislativos. \ Capít'll<;> 5.° Deuda flotante .... . : . . . . • • . . . . . . . . . . . • . . . . .. 343 .82,06037 717,000 : . . . . . . . . 634.939 63 (b) ~Sl I~ , Capítulo 6.0 Censos sobre fincas I el Tesoro . . . . . . . . . . . . . . . • 344. 455,590 . . 484,076 : • . . . . . • • 28,486 .... Saldo que quedó por pagar ~ i. . ,Capítdo 7.° Nueva' deuda por empréstito forzoso. . . . . . . ... . •. 345 6,434175 ' 140,000 : . . . • . . . . 133,565 25 en 31 de agosto de . 1853, ~,;~I I/.-, Capítl'lo 8.° Fondos de amortizacion.. . . . • . • . . . . • • . . . . . . . .. 346 ...... .. .• 300000 ' 3'00000 1-' 1 ' . .- I/~ LC apítalo' 9.° Gastos varios. . . . • . • . . . . . • • . . • . . . • • . . • . . • . •. 3<17 5,4. 11 184;000 : . . . • . . • . 178;582 60 soure os reconOCImIentos ~ I I~ ----1-7 4-0 --___o ~ ~:-= ___ _ hechos en todo el -año. ~ I~ 4.708,02637 6.071,059 ~II __· ~ ..... ' I~ 1.36~,0321 63 ~ I~ ( Capítulo 1 ° Deuda esterior. . . .. • • .. • • • . • . • • • . • . . . .. . .. •• 364 ...... .... 3477,510 .... • . • • • . .. .. .. 3477,510 .... ~ I~ Capítulo 2.° Deuda interior consolidada ..••..••• ~ .. . .•• • ... 368 49,36415 54,551 45 •.••••.. .... 5,187 30 q I " Capíttlo 3.° Censos asimila,dos ., .......•, " . • . . • • • .. . . . . • .. 374 6,00990 6,221 40 • . • • • • . . .... 211 50 ~( f ' Capítdo 4.° Nueva deuda InterIOr consolIdada····· ·· ······· 1 379 241 .. 241 1............ .... . ..... ~ ~ . d' 'd J Capíttlo 4 .° Bi lletes de nueva deuda interior consolidada ... .. . [ 354 . 586,557 . . 620,000 .... • . . • • • . • 33 443 ~ ~ Cuentas de cré Itos reconOCl os I Capítl¡ío 5.° V~' Uth: ftJtante . ._ . . " ..............•......... ' 11 369 82,06037 82,06°137 •••..... :::: ..- : . . . ~~ % ---., -, II C:?¡.JJtulo 6.° Censos sobre imcus I 31T esoro .. . . , • . . . . . . . . . .. 370 95,110 .... 95,590 . . • • . • . . .. .... 480 ;~ ~ Capítulo 6.° Billetes de censos sobre er'I~0r8 ... •••.•...- . .. 359 71,77495 360,000 . . • • • • • • .• .... 288,225 05 ~ ~ Capítulo 7.° N lleva deuda por empréstito forzoso ........•... · 362 6:43475 6,43475 , • • • • • .. .... • ...... '.0< ~f I~~ ,_ l Capítulo 9." G~stos varios. oooo oooo oooo .. .. oooooooo oooooo 372 4,505[45 __~ ,~17 40 ........ -= _-=~ 95 ~/ __ ~ ~ '. 902'057¡~7 4.708,02637 • . • • • • •. .... 3,805,968 80 :~ I~ ( Cap~tulo ].0 Deuda ,esteJ:ior •.. ..., .•..••.. ....••..••. • .••• 365 3.477,51O·~~~~I-:-:-r3.477,51O [-= -~~~ -=1 ~ ~ Cap~tulo 2.: Deu~a I~,t~rl~r consohdarla .....•.•... .........• ~6~ 54,55145 49,3~4?~1 5,18730. .. . . .. .... Q/I § CapItulo 3. qenso~dusldm,l,ados: ............ ( ; .•...•... • .. I '\~ 6,~21 4° 6,Ou9,9v 211 15? .... '1' .... ~II-- I ~ Capítq¡o 4.° Nueva en a mtenor COl1so]ldac!.a . . -11 . ~ 241 : •... • ..• .... . .. '. .. -;;;:- -- ~~ I I~ Cuentas el; pagos .•••••.- •• ~ i g:~:~~:~ -~:: ~~~~_;:s ~~t~ll~lt~V.~ ~~~~¡~ .i~l~~r.i~l: ~~:)~~:i~~~~: :: : : : J~~ 6~g;g~g 37' 1 5~g:e~~ ¿7 ...3 .3:~~~ :::: . :. :. :. :. ". :./ .:.: .: .: \ ¡ lt Capítulo 6.° Cellsos sobre fincas i el Tesoro. . . . • . . . . . . . . • . .. ~71 95,590 . . 95,11 O . . 4801 .... ~~ I~ ~ Cap~tulo 6.: ~Till etes de ~enso.s sobl:e ~,l Tes~ro: ..... ; . . . • . . .. 3~7 t 360,000 . . 71 ,774 9~1 288,22505 . . . . . . ~/ ~ Ca¡ntulo 7. N ueva deu?a pOI emples.lto fOlZOSO.. . . . . . . • . . .. 363 6,43475[ 6,434 7;:)1 . ... ... . .. " . . . . . . ~f/ ~ . LC apítulo 9.° Gastos vanos .•• •••.•.. ..••. .. : .•. ..•• ~ .. .. 373/ ___5 ,417 401 .. _ :,505 45 ____: ~195 .. ~ ~II ~~I ~ RECAPITULACION. 4.708,02637/ 902,057 57 3.805,968 80 . . . . . . .... ~ ~ Crédita, lejislativos ... •..•. ' •••..•...••..•••..• • .•••.• •.. .. 6 .071,o591~1 L.t.708,02637 (a)l.363,03263 3'6'~3',O' 3'~ 6"3"~ ~I ~ ~ Cuenta de créditos lejislativos .•..........•.•.••. , ..... . • . ... 4.708,026/37 6.071,059 .... . . ...........I (a) 1. '" ~ r:; . Cuenta' de créditos recon"ocido s .......•....••.... • , . . . . .. .. . . 902,05757 4.708,026 37 ............ (b) 3.805,968 80 ~ 1/$ . C uen tal 1de pagos ............ oo •• oo oo • oo • oo •••• , • oo.. •• .. . . 4.708,026137 902,057 157 (b) 3,805,968 8°1 .: ¡-9',~~: ~~ ~ ~I 1 11 '~otales 31 43oo oo oo oooo ...... . " oo 16.389,169\ 116.389,169 31 - --;:J6'9,00; 1 5. i § - - .. - 'h ·_. _ ___ h _ _ __ - -..l__ ~~) II« ~ ,~ Bogotá, 24 de enero de 1854. El Secretario de Hacienda, . JOSE MARIA PLAT A. ~S i ~ ~!" ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~" _ =r~~~--=-mm:s=res· ni __~ IIIIiIJIIIIII"'" ~1iIIlti.li!I!1!CI;lI3!~E!iiOl!IlíOIdil2i&5Ha . .... Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. " B LA. CE NUM. 3. 0 AA '1-4 TMW iMiiW ií4A&A SHM fiiS?& &hA - NOMBRES DE LA8 CUENTAS. ~ RESULTADO DE LA CUENTA ANTERIOR. ELEMENTOS DEL ANO ECONOMICO DE RESUL TADOS PARAL A ANULhCION DEL PRESUPUEclTO. T 3 maW. , OBSERVACIONES. . C:UlIUiTAS DlIU. PU8~I¡JT" ~I JI!;l A 1152. ~ ~~ ::l~ ~~~ :::: 1~~::'~~I~~::'~~I~\1 Créditoslejislativos.o.Q . ............................. 359 5.106,574 _~~54:9 1. 3 ~ ~~ ~~~,8S8 ~I _5~~0~, 5- 4_~~0,801_81[(a) ~3_5,772j19 __••_ .~~~[ . ( Capítulo 1.0 Deuda ester íor ......... . .... , ... ........ 300 3.096,798 .. 3.091'.,7 ,8 .. \ . .......... .... ...... 3 096,79~.. 3096,708 : [ ..... "'1: 1 ......... . Capítulo 2. ° Deuda interior consolidad a . ••••••..•••••• 301 20,862 85 329498 .. / 41,530 05 •••••••. •. 62,392 ~O 329,4?8 ~ , .••••••. :, 267,10510 (a) Cantidades que deben anu arse co- . IC apítulo 3.° Censos as inlílados •••••• . .••.••••.••••• , 30.) . 5,86? 90 2~ ,9~4. '1 10,'2 1~ I 70 .... ...... ~6,083160 ~~ ,934j: •••••••. : 785040 mo pertenecientes a la vijencia económica Capitulo 4.° Nueva deuda interior con solidada . . , . •• • • •. 30. 620,00 J . . 622.668 . . 616 " • • •• . . •• •. 6~0,6 16. . 622,668 . • [ •••• • ••. . 2,052 ... de 185 1 a 1852 que ha concluido en 31 de Cuentas de créditos lejislativ:os.-< Capítulo 5.° De da flota nte . .... •••• .. •• • ... ...... .. 30 4 21.81 A 65 50,000 ..' 1 b5 ·11 30 .... .. .. . • 22,3721 95 50,000.: ........ : 27,62i 5, agosto de 1853: Capít'llo 6. ° Cenfos sobre fincas i e l Tesoro.... .... .... .iO; 251,790, .. 323.67!i1 .. 1 48,830'.. .. .... ".. 300,620... 323.676[ : ........ , : 23,056 / .. ~ Cap~tulo 7.° Nueva deuda po ~' cmp~'és tito forzoso ...... ,.. 30! 23 ,2-19 , 4G 180000 " 1 .. .. .. .. •• .. .. .... .. ' I 23,249 40 180,000: [ .. .. .... : 156,75° 54 (b) Suma de los créd i tos recono idos, de 1 CapItulo 8.° FOil los de amortlzaClOn, ••••••' . •••• •••••. 30"; •••. ·· ··1. . 440.000··1 ...... · .. .... .... "1 ....... 440,00 .. ••••••• ,: 440,000 ... c uyo pago no se habia dado notiCi e en 31 l Capítulo 9.° Gastos va rios.... ........................ 306 14528, 35 40,000.. 14 ,140 . 55 .......... 28.668 90 40,000[ : , .... .... . 11,331 1,10 de agosto de 1853. Ella dcbe ligur r en el -----------1-'----------- --II-----~ -------I------I----~ - añode 1853 a' 1854, como recorocida i ~054,913 _~~O i571 -~ ~5,888 _60 _._.~_~ ~70,801_:...~,57 1 1-~--··-·.:..:..:..:..:.~~~35 ,7 19 h:r~~~ecl~~~~alavljencia econ6m'ca que rCapítulo l.Q Deuda est.erior .•••• • •••••••••••••••••••• 317 .... .... .. 3.096 ,798 .. .... .... .. .... •• - .. ......... 3096798,. •• [ ••••• 3096,798 "'1 ._-1 1~ap!tulo 2.° Deuda int~ri,o r conso:idada •.•••••••••••••. ::l84 10,952 80 20,862 85 4:;.268 10 41,530' 05 5q,220 ):/0, 6~3~2 90 .. • .. ·::I~ 6,172 .. 1 (c) Cantida rl en que se haesc di'do la __ o - - I CapItulo 3 .° Censos aSJm tlados •• ......... .. ............ 33(- 5,610 15 5,8G5 90 9,PG! 95 10,2 17 70 15,~7.2 10 16 e83 60 .. .. .... • 511 50¡lvotada por aproximacion er; ~I Presu pues. I Capítlllo 4.° Nueva deuda interior c0ns"lidada., .••••••• 3in ........ .... . ... .. Gilí .. 616 .. 616"1' 6 16 .. [ "'17',7'9'7-1:. • .......... to de gastos para el servIcIo de 1851 a C t d ' d' 'd ) Capít ulo 4 .° Billetes de nueva deud a interior consolidad" . 38:¿ 590 fl581 .. 620 O O .. <16,830, .. ' •• • • . . . . • . 68 .7971 .. 620.000 . . • ••• ····1 . . 1852, Dara pago de los cupones de renta al . uen as eCl'e .ItO S reconoCl os I1 C ; pítulo 5, 0 Deuda fl ot il nte ...•••.•••••.• ~ •••••••.••• 313 21.8 18 65 2 1.81 81 6:'>1' 5:i4 30 554 30 2:.l 372[95 22,372[95 • • •••••. • ••••••. [ .. Gporl00delosBemestresdefebreroiagos-Capítulo 6 ° Censos sobre fincas i el T esoro •••• ' .' •••••. 32:1 2,5 ~ 01 .. 5 1,7901 " !8,1 10.. 48,83U 100'(;20.~ 100620 "1 ........ .. ......... tode 1852, capíluI04°, artlculo ].0 El es- . Capítulo 6.° Bil letes de censos sobre e l Tesoro ..... . .. . 311 3, 146 '70 200.000"1 f6,08 4 75 •••. ..•. • • 59,:-:3 1 4:J 200 .?OO .. • ....... : 140,76855 ceso consiste e ll que por un error com <; lido Capítulo 7.° Nueva deuda por emprésti to forzoso H " .. .. 315 23249146 23,2401 46, .. .. .. " l" ... . .... .. 23,2491 46 23.:249 461 •••• •••• • • ••••••• "llen dicho Presupues to, se calcularon sola-1 l Capítulo 9.° Gastos varios •• " ••••••••••••••••••••.. 324 13,374 35 14,5 8[ ::;5 14 ,510 05 14, 140 55 __ 27.884 ~ __ 28,668 901_ _' _ " ___ ~ ~ ___ 784 5l) [mente 620,000 lea les para pago d~ intere- -----,-- ----- -- ------- --._- -- --o- - 1- " - 1s es de la renta s,lbre el Tesoro al 6 por 100, 67 1.620, 11 4 .054,9 13 21 271'94~ 15 11 5,88& 60 ---9-43-5164- 1 2¡; ~O,fJO ¡ [ -~I~_ J7,797 _ (O)3:45,0345!-:>' debiendo hábe r sid0 720,000quees ,lal"um a ----1-- ----- -- ------ ----- --r cOlJ'espondlente al capital de 1:¿.000,000 (Capítulo 1.0 Deud a esterior.. .. • .. .. .. ... ........... 318 3 096,798 .. .. .. .. .. .. 1 • .. .. • .. .. • .. .. .. . ..l ,096,7D8 . • • • . . • • . " 3.096,7nS : • ••• • • •. .. d ., rea les. i Ca¡:>Ít'llo 2.° D~da int,eri.or consolidada. .... .... .. • .. • 385 20,R62 85 1 O !i~2 80l ¿l15'1 -05 LI h ·)P,iOl 1A f . 62,302i -90 5.H,220[_gO y 6, 17~ : • •• • • • •. •. . ~~~~~~:;,~"¡:.c·~::::-:~~::::::;-,::::::- r'Dva:lPItÚIO 3.° Censos asimilados .•••••••••••••••••••••• 331 5,865 90 5,610 151 10,217 70 u,9611 95 16.083 , 60 15,57~ 10 511 5 ... . ...... (d) Cantidad que resulta en débil0 en las Capí tulo 4.° N ueva deud a interinr co nsnlíd ada ..••••••• 377 •••...•.• • ••.••.. ;./ 6H> .• Ül(i[I.. G!6 .. 616 •. [ ••••.••. : ••••.••••. cuentas dep'lgos, igual a lasddhaberde Cuentas de ) Capítulo 4.° Billetes de nueva deuda· intel'Íor consolídada. 3S 3 620,000 .. 590,958 .. •••• ... . . . 1 46,830 .. 620, 00 •• 637,797[.. • • .' . ••• • • 17,797 .• las de créditos reconocidos. pagos ....... • .. ·1 Capítulo 5.0 Dt·tlda fltlt a nte ......................... 314 21,918 G5 21.8 11' 651 _ 554 30' 554 30 22.372 U5 22,!172 95 ........ : ........ "1 Capítulo 6.° Ce nsos sobro fin ca s i e l Tesoro ·.... . • •• ••. 326 51,790. . . 2, 51 ~ l . ~i 48 ,830.. 98.11° , . 100.620. • 100,620. . • ••••• " 1: •••••••••• [ Capitulo 6.° Bdl~tes de censos sobre el Tesoro.......... 312 200,000 .. 3,146 70 . .. .. .. . .. 56,084 75 200,000.. 59.231 45 140,768 55 ••••••••.. - 1 Cap}tulo 7.° N uha deUl.la porempréstitoforzoso ....... . 31G 23,'240 .46 23,249146 .......... .... ... . .. 23,24fl 46 23,249 46 ........ ... .. ...... .. lCapltulo 9.° Ga ,~os vanos ........................... 327 14,528 35 13,374135 14,1401 55 14,5,°11 05 28,668 90 27,884 40[ 784150 •• • •••••. . R E e A PI TUL A e 10 N. 4.0"4,~1 3 ~21 ":1'62<111 l1 S,888 1~6 0 . 271,9441-1S I 4.170 ,~01 ~8 1[ 9:3,St)4[~26 ~4-s-:O;:¡ I ~ 51 (c) 1!,707 •• Créd itoslejislatiV'os ............................... .. 5.106.::>7 ; 1 "1 4.0.:>4,013 21 , ........ ,.. 115,888 601 5.1 0fl,;:¡74 .. 1 4 .1/0,801 81[ \a) 93 .:>,772 91 •• .•••••••• Cuentas de créditos lejislativos ••••• • _ •••• •••• •••••. 4 .054,DIH I 21 5.106,;)74 .. 1 115.888j 60 .... .... .. 4.170,801 81 5.106,074[ " ........ \ ... (1'\.) 935,77219 Cuentas de créd iuos reconocidos............ .......... 671,';'20 11 4.054,9 13 21 27 ; 944, F 115,SR8 60 94 3,564 26 '4170,801 8 11(C) 17.797. (b) 3.2 15,034!)5 Cuentas de pagosl " o ..................... ,......... 4.054,913 21 . 671 ,620 11 115,8881 60 27 1,944 15 4.170,801 81 ~ 943,564 26 (d) 3.245,034/55 (c) 17,7 07 .. . I [ 13.888,02fS31 13.888,02f53II---;Q3,72'1-;;;;1-503,721 -35 ¡ 1 1 4.391,7411-88114.39 1 ,74f881~;8,603¡'41----;;-9-8:603174 1 .. .Wi*liM6NI§i"'l~1?i5P?};'lt.CtftS ,$a;wr.r.ifi)~"i2"&}"T~~_~~~~~~,~&~ iiñ$jte·#4SM¿g;t"E~ IMiRitWWI14"!t-8%lQfuAAZ@?jiMP' H* .i'....,. M 1- Bogotá, 24 de enero de 1854.--EI Secretario de flacienda, JOSE MARIA PLATA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. 8&1..&- NUM. 4.° DEL LIBRO MAYOR DE LA. DIRÉCCION JENERALDEL DEPARTAMENTO· DE LA. DEUDA NACIONAL. .;;~;;; ~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~=?~9 __- ~~~~~~~~ NOMBRES DE LAS CUENTAS. ,. 1 RESULTADOS PARA LA CUENTA SIGUIENTE. ri1 Resultados de la cuenta Elementos del año ~ anterior., I económico de 18~2 a 18~~. 1- t--'-: ODSIRVA(i!Olllll. ~ _________I ----2'°TALES._J __S ALD_~_·i CUENTAS DE VtJENCIAS ECONO~ONCLUIDAS DE l846 A1 851. ~ O:BIT~I CREDlTOs'l1'm~1 CREDlTOS'1 DEBlTOS. CREDITOS. I DEBlTOS. eRE ITOs. 1 , rCapítulo }.o Deudl.estcrior .. ............................ 24? ~~9135 4.633,830I\J:lI' 201,030 6°112'706'1141'" ~,028195 7,:339,944 9;1 ~.~ 4,92 ,91 51971 Capítulo 2.° D!lud¡ ,interi~r consolidada.' ;.. • • • • • • • • • • • • • • • • 24~ 59,790:¿5 115,261... . 19,159 25 16,.646 65 78,939 50 131,907 65 .... . ..... , 52,968 15 (a) Saldo que ha quedado por Capítulo 3.0 Cens~asimilados ........' ................... 24 ' 22 1. .• 3,421 '" '.. .... . ... 511 50 221 ... 3.932501 ........ ... 3,711150 . 1C apítulo 4.0 Nuevldeuda interior consolidada ............... 24! 5,} 261" 92,2~11"' 1 .. oo ...... ·1. ..... ··1·.. 5,]261... 92,221 ... ........... 87,095 .. . pagar en 31 de agosto Úl- . 'Cuentas de créditos reconocido!. .. i Capítulo 4.° Billet,s de nueva deuda interior consolidada... •• 291 67t' .• _185 ,054 a5¡' 12,123[ .. , 8,4031"'1 1'2,801... 143,457 35/ ........... 130,656 35 1 Capítulo 5 o Deudllflotante .............................. 34! ................ ... .. .... , 1,419.. . . ....... '.. 1,419 ... ,419",1 timo, sobre los reconoci-j ........ ... IC apítulo 6.0 Cens(3 sobre fincas i el Tesoro. • • • • • • •• • • • • • •• 2:11 30,82g/. '1 30,823 .... ..........¡ ........ ... 30,823 ... 30,823 ... \ ...... oo . ......1 , ..... . mientos hechos de intere-Capítulo 6.0 Billet• .! ; de con sos soble el TesoJ'O. • ••• • ••• •• •• 35 ) ' ......... •••• • ~ :"1 2,¡':;.¡0¡hO 8,84~1"'1 2,840 50 8,843.... •••• " •. '" 6,002 501 L Capít::~9.0 Gasto;: varios ...............~ •••• :.... • ...... 3?c __29 9.:..:. _8,6iJ8 a8 _ 2 ,915\25 __5 :00j60 __~ ,214125 __'1 !,603\98 ,~,:,,:,,:,,:,,:,:,:, ~,449 7:3 ses d~ vijencias económi- 1 .:~ ,.3:4'9~511601 :I~'''gl~~! , 23~,06~ 60 1 2,~46,9:2¡7,-)1 ~2,9t¡41201 ~ cas concluidas. .' . • •• 776!,212!4D .• '.:..:..:..:..:.:.:. 5.213,21820 . r CaJ)~~"~' '0 Deuda~ster~Ol . ........ .. ..................... 24 ~ 4.6 a ~.8 .3D 92 2. ~ 1 . ,99B ~~ I 70 '. 11 .'¡". 20 1, OvOI~? 7.339,944 92 2. 4'19,028 95 1. 920,915 97 .......... .. Cap:¡tulo 2. De!!.d~mterJOr consshdada. • • • • • • • • • • • • • • • • . •. 243 11 0, 261 " Ii 9. 7 BOl2 ,¡ 15,()46 65 19,1.59 2D I 131,907 65 78,939 50 52,968 15 ....: . ..... . , __ ~~ . -ea~ítuio':r.o CensO! asimi!ados. • : ........................ ~ :4? S , ~:;l.. 2?1 "'1 . 511 50 ........ 1oo. ~,932 50 ~ 7;1 ... 3,71 ~ 50 • , ..' .... '''. 1 k- • ;, CapItulo 4.° Nueva deuda IUtenol consoltdada.. • • • • • • • • • • • •. 2'1'1 92. 2~ .. 5,1 Z6.. • ••• • ••• " .• •••••• '1"' \' 92,221". iJ · 26 ... 87,090 ....... , ..... ' I CU1n.tal5 de pllgos~ . :. . ..... ,... 1Cap ~tulo 4.: Bílletts de nueva deuda interior consolidada ..• ; . :29 ' 1:3:),054 1::;5 . 678\1.. 8,4031... 12,123 "' Ij 143,4:;735 12,801... 13f1,65(; 35 ••••: ~ ...... / CapItulo 5. Deudaflotante ....................... u ..... :341:'< ........ l·· ... -...... " 1'4191" .•••••••• "',! 1,419... ........... 1,419 .. . ........... 1 IC ap!tulo 6.0 C~nsos sobre fincas i el Tesoro.. • .. .. • ......... 246 30,828 .. 30,823 ..................... " ... 30,823 '" 30,823 ........... '" .......... . CapItulo 6.0 Blllets de censos sobre el Tesoro •••••••.•••• ,. 850 •••••• o• .. ' •••••• '1'" 8,843... 2,84050 8,843... 2,840,50 6,00250 .. o.'. . ", ... LC apítulo 9.0 Gasto! varios. •••• • ••••••• • ••••••• • ••• • •••. 352 __8 ,65813_81_~ .: ~,005160 __2 ,91525 __13 ,66:3 98 _ ' 3,:l14 25) ~,449 731~~ .:.:.:. . :REC_A~ITULACION. 5.019,2,69 ~ 2.314,925 60 2 746,942175 ~,068'60 ~~,212 40 2.55~,994 20 1,213,21~12+ ••••••• .:. '-.--'-~ Cuentas de crédltOSl·econoc¡dos ••••••••••••••••••••••••••••••• 2,3 J 4,9251601'i 019 2fHJ 1651 ., :~ 06816°12.746'94275 2.552.99412°17.766'21240 ...... "l ... 5.213,21820 Cuentas de pagos .. ~. ................ i ..., .................... 5.019,26~ (l~ 2 314,{l251~ 2.~~6,942 .~5 23~.068 ~17.76~,212 40 2,55:,994 20 \~,218\20 .:..:..:.:.:..:..:.:...:.: . ~ Totales ..................... oo 7.334,19Vl2::lj7.334,195 2 ~lj 2.9g5,Oll :35 'l.9Ó::l,on!35 10.319,206[6.0/10,319,206 60 5.213,218 20 5.~1,_'g~~~~~~:......-__________ , . - l -- - - I 1 [a] I f~-] 1- ;~ " :iiiii~i ~;;~~5"-iE .5'~~~~~~~~~==~·~~- - Bogotá, 24 de JO~E MARIA PLATA. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia. Digitalizado por la Biblioteca Luis Ángel Arango del Banco de la República, Colombia.